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estas en: Asesoría para ONG > Consultas> Foro consulta
Ayuda a ONG
Asesoría ONG
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21/11/2006 |
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Descripción breve de la
consulta: |
Compramos un billete aéreo anterior a la constitución de la asociación, y una vez constituida ¿podemos pedir la factura del billete? |
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Nombre: |
Marcos
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Apellidos:
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Bocker
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Tu función en la ONG: |
Coordinador |
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Organización: |
Sofía Psychè, Asociación |
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Objetivos que persigue tu organización: |
Fomentar la rehabilitación e integración social y laboral de personas con problemas de salud mental asimismo generar e impulsar los recursos humanos para la inserción laboral de personas interesadas en la problemática de la salud mental y
promover la participación e implicación de los miembros de la comunidad con fines preventivos. |
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Plazo en que ha de
quedar resuelta: |
05/12/2006
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Descripción ampliada de
la consulta: |
Somos una asociación en constitución dedicada al comercio justo y estamos en trámite la inscripción de la entidad.
Se ha comprado un billete aéreo para contactar personalmente con productores de Centroamérica, pero si bien la fecha de vuelo es en febrero, su compra se realizó antes de constituir la entidad y presentar la documentación de inscripción. Cuando tengamos el CIF provisional de la entidad ¿será posible pedir la factura del billete a nombre de la asociación y registrarla como gasto?
Muchas gracias.
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21/11/2006 |
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Nombre: |
Juan Senac
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Tarjeta de
presentación: |
Controller financiero |
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Trabaja en: |
Centro Zaragoza |
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Enunciado de
respuesta: |
Hola Marcos,
En mi opinión, si el servicio (en este caso el viaje) se os presta una vez constituida la sociedad si podeís pedir factura y registrarla como gasto.
Un Saludo |
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21/11/2006 |
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Nombre: |
Alvaro Ortega Santos
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Tarjeta de
presentación: |
Sociólogo |
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Trabaja en: |
AECID |
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Enunciado de
respuesta: |
Les recuerdo, que "Las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular, y se dotan de los Estatutos que rigen el funcionamiento de la asociación." (art. 5.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación).
Eso significa, que ustedes existen legalmente y pueden empezar a trabajar antes incluso de su inscripción registral. De hecho, la inscripción tan sólo tiene efectos publicitarios. |
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21/11/2006 |
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Nombre: |
Víctor Gil del Cubo
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Tarjeta de
presentación: |
Director Martinez¬Gil Asociados. Consultor economico- contable ONGS |
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Trabaja en: |
FIANZAS Y SERVICIOS FINAN-MARTINEZ¬GIL ASOCIADOS |
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Enunciado de
respuesta: |
Estimados amigos;
Por supuesto que podeis pedir esa factura pues antes de constituirse una empresa, una sociedad, etc,,legalmente siempre existen unos gastos generados para la generación de la organización, por lo tanto legalmente podeis solicitar esa factrua.
Un saludo |
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10/12/2006 |
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Nombre: |
Asesor dado de baja
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Enunciado de
respuesta: |
Estimado Marcos:
Yo distinguiría entre los gastos previos que han sido necesarios para la constitución de la entidad de aquellos otros que se han realizado por otra razón. En el primer supuesto no veo problemas, pero sí en el segundo y creo que este puede ser vuestro caso. Para que una entidad pueda operar necesita tener el CIF provisional; en vuestro caso el billete no pudo ser comprado a nombre de la asociación porque esta no existía en ese momento.
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
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