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Asesoría ONG

Consulta de la ONG

21/11/2006

Descripción breve de la consulta:

Compramos un billete aéreo anterior a la constitución de la asociación, y una vez constituida ¿podemos pedir la factura del billete?

Nombre:

Marcos

Apellidos:

Bocker

Tu función en la ONG:

Coordinador

Organización: 

Sofía Psychè, Asociación

Objetivos que persigue tu organización:

Fomentar la rehabilitación e integración social y laboral de personas con problemas de salud mental asimismo generar e impulsar los recursos humanos para la inserción laboral de personas interesadas en la problemática de la salud mental y promover la participación e implicación de los miembros de la comunidad con fines preventivos.

Plazo en que ha de quedar resuelta:

05/12/2006

Descripción ampliada de la consulta:

Somos una asociación en constitución dedicada al comercio justo y estamos en trámite la inscripción de la entidad.

Se ha comprado un billete aéreo para contactar personalmente con productores de Centroamérica, pero si bien la fecha de vuelo es en febrero, su compra se realizó antes de constituir la entidad y presentar la documentación de inscripción. Cuando tengamos el CIF provisional de la entidad ¿será posible pedir la factura del billete a nombre de la asociación y registrarla como gasto?

Muchas gracias.


Respuesta del asesor voluntario

21/11/2006

Nombre:

 Juan Senac

Tarjeta de presentación:

Controller financiero

Trabaja en:

Centro Zaragoza

Enunciado de respuesta:

Hola Marcos,
En mi opinión, si el servicio (en este caso el viaje) se os presta una vez constituida la sociedad si podeís pedir factura y registrarla como gasto.

Un Saludo

Respuesta del asesor voluntario

21/11/2006

Nombre:

 Alvaro Ortega Santos

Tarjeta de presentación:

Sociólogo

Trabaja en:

AECID

Enunciado de respuesta:

Les recuerdo, que "Las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular, y se dotan de los Estatutos que rigen el funcionamiento de la asociación." (art. 5.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación).

Eso significa, que ustedes existen legalmente y pueden empezar a trabajar antes incluso de su inscripción registral. De hecho, la inscripción tan sólo tiene efectos publicitarios.

Respuesta del asesor voluntario

21/11/2006

Nombre:

 Víctor Gil del Cubo

Tarjeta de presentación:

Director Martinez¬Gil Asociados. Consultor economico- contable ONGS

Trabaja en:

FIANZAS Y SERVICIOS FINAN-MARTINEZ¬GIL ASOCIADOS

Enunciado de respuesta:

Estimados amigos;

Por supuesto que podeis pedir esa factura pues antes de constituirse una empresa, una sociedad, etc,,legalmente siempre existen unos gastos generados para la generación de la organización, por lo tanto legalmente podeis solicitar esa factrua.

Un saludo

Respuesta del asesor voluntario

10/12/2006

Nombre:

Asesor dado de baja

Enunciado de respuesta:

Estimado Marcos:

Yo distinguiría entre los gastos previos que han sido necesarios para la constitución de la entidad de aquellos otros que se han realizado por otra razón. En el primer supuesto no veo problemas, pero sí en el segundo y creo que este puede ser vuestro caso. Para que una entidad pueda operar necesita tener el CIF provisional; en vuestro caso el billete no pudo ser comprado a nombre de la asociación porque esta no existía en ese momento.


Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.