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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Cristóbal Zaballos Oliver

Cómo abrir delegaciones de nuestra organización

23.09.03

Somos una ONG registrada en la Comunidad de Madrid y queremos saber cómo podríamos abrir delegaciones en toda España y si los delegados están obligados a ser socios o si hay que hacer un contrato de delegado, si se tiene que declarar la delegación en su correspondiente Comunidad Autónoma, etc.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

24.09.03

Estimado Cristóbal:
Los trámites para abrir una delegación son los siguientes.
1º.- Adopción del acuerdo siguiendo el procedimiento establecido en los estatutos de la entidad.
2º.- Certificado emitido por el Secretario sobre dicho acuerdo.
3º:- Elevación a público del acuerdo ante notario.
4º.- Inscripción en el registro correspondiente para lo que hay que entrgar el original, una copia consultada y el escrito de comunicación.
5º.- Una vez recibido la comunicación del Registro, comunicación a las adnministraciones públicas ante la que se quiere abrir la delegación.
6º.- Cabe la posibilidad de que alguna administración establezca algún requisito adicional.
Respecto a la condición del delegado, éste no tiene porque ser socio o estar contratado. Tan sólo debería haber una carta de aceptación del cargo.
Un saludo.


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#2

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

25.09.03

A la respuesta completísima de Agustín poco he de añadir, tan sólo insistir en dos puntos: la importancia de crear un buen equipo (aunque sea pequeño) en cada lugar donde abráis delegación, con al menos una persona dedicada con regularidad. Y la comunicación, tanto externa: comunicarlo al máximo de agentes sociales -administración, otras ONG, redes, coordinadoras, etc., como interna -deberíais mantener un contacto fluido y regular con las delegaciones al menos una vez por semana y siempre que sea necesario.

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#3

Opinión anónima

25.09.03

Muy agradecido por vuestras respuestas.

Agustín, me queda una última duda: ¿cuál es el registro correspondiente al que te refieres?.

Gracias.

Cristóbal

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#4

Opinión anónima

06.10.03

Estimado Cristóbal,

El registro al que hacía referencia es el del Ministerio del Interior, en el caso de Asociaciones, o el Registro de Fundaciones en el caso de que esta sea la fórmula jurídica de la organización.

Un saludo,

Agustín de Asís

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#5

Respuesta del participante:

Cristóbal Zaballos Oliver

07.10.03

Perdón que os moleste de nuevo. ¿Se puede ir al Notario y decir que se abrirán delegaciones en todas las poblaciones?. Así sólo hay que ir una vez al notario y no cada vez por delegación.
Independientemente, supongo que el registro será de Asociaciones de la Comunidad de Madrid, pues no la hemos registrado directamente y todavía en el Mº del Interior, (Que no sabemos si en ese caso será obligatorio).
Atte. Balín
P.D. Atended primero las que sean más urgentes y os lo agradecemos de todo corazón.

solucionesong.org
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