Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Raquel Horantes

¿Cómo afectaría fiscalmente la compra de un vehículo para el transporte de usuarios en la asociación?

11.11.14

Hola,

Mi nombre es Francis y le escribo desde una asociación que se dedica al cuidado de personas con alzheimer. En la asociación tenemos pensado adquirir un vehículo para el transporte de los usuarios y queremos saber como nos afectaría dicha compra ya que seria un gasto importante.

Sabemos que por ser asociación sin ánimo de lucro no nos desgravaríamos el IVA del vehículo, pero queríamos saber como nos afectaría en tema fiscal la compra de dicho vehículo, por si hacienda se nos puede echar encima o nos puede hacer una inspección.

Nos gustaría que nos aconsejasen como lo deberíamos hacer para que no tengamos ningún problema y hacerlo bien.

Además, estamos pensando también dale otra utilidad al vehículo para sacarle el máximo rendimiento. Habíamos pensado en contratar a un conductor para que nos hiciese el trabajo de la asociación que seria llevar a nuestros usuarios al taller de estimulación que tenemos y en las horas que no nos haga falta a nosotros que se pueda utilizar para otras personas ya que seria un vehículo adaptado para el transporte de personas con sillas de ruedas y se podria utilizar como tipo taxi. ¿Cómo puede afectar a la asociación ese tipo de servicio fuera del horario de la asociación: es mejor poner al conductor asalariado con la asociación o contratarlo como autónomo? ¿y en la asociación como deberíamos de enfocarlo?

Gracias, un saludo

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

11.11.14

Buenas tardes.

1º Si el vehículo es de la asociación, el conductor debe ser asalariado, si es autónomo tendréis problemas legales.

2º No tendréis ningún problema por comprar un vehículo y utilizarlo en vuestra actividad. Hacienda no tiene nada que objetar.

3º Utilizarlo como TAXI ó transporte especial para no asociados, debe tener permiso de las autoridades de transporte, y creo que no os lo concederan. Tal vez sea mas facil hacer al usuario asociado y punto.

3º En casos muy concretos y con una política muy restrictiva, Hacienda permite que estos vehículos paguen un 4% de IVA en lugar de un 21%. (17% de ahorro en el precio del vehículo y en el de las adaptaciones), pero para ver si es de aplicación a vosotros habría que ver vuestros estatutos, solicitarlo en Hacienda y que os lo concedan. Os recomienda que paséis por la oficina más cercana de la Agencia Tributaria del Estado AEAT, con toda vuestra documentación y os informen, o que os busquéis un buen asesor fiscal.
Saludos.

avatar
#2

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

11.11.14

Buenas tardes.

1º Si el vehículo es de la asociación, el conductor debe ser asalariado, si es autónomo tendréis problemas legales.

2º No tendréis ningún problema por comprar un vehículo y utilizarlo en vuestra actividad. Hacienda no tiene nada que objetar.

3º Utilizarlo como TAXI ó transporte especial para no asociados, debe tener permiso de las autoridades de transporte, y creo que no os lo concederan. Tal vez sea mas facil hacer al usuario asociado y punto.

3º En casos muy concretos y con una política muy restrictiva, Hacienda permite que estos vehículos paguen un 4% de IVA en lugar de un 21%. (17% de ahorro en el precio del vehículo y en el de las adaptaciones), pero para ver si es de aplicación a vosotros habría que ver vuestros estatutos, solicitarlo en Hacienda y que os lo concedan. Os recomienda que paséis por la oficina más cercana de la Agencia Tributaria del Estado AEAT, con toda vuestra documentación y os informen, o que os busquéis un buen asesor fiscal.
Saludos.

solucionesong.org
Un proyecto de