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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Javier Navarro Blanco

¿Cómo consideramos el IVA pagado por una compra de materiales a Estados Unidos?

29.12.10

Hola,

Hemos hecho una compra de materiales a una empresa de Estados Unidos con datos fiscales WA98052, recibidos a través de la empresa de transporte UPS. En la aduana hemos pagado el IVA de importación. Tengo el justificante de pago 031 por los derechos de importación, en dicho justificante figuramos como titulares de la deuda y como representante la empresa de transporte (UPS) así como el total del IVA importación.

A la hora de hacer el asiento, ¿éste IVA lo considero como intracomunitario o extracomunitario? ¿Cómo sería el asiento contable? ¿Dónde debo reflejarlo en el modelo trimestral 303? ¿Pongo como acreedor la empresa de USA o la de transportes UPS?

Al ser el primer caso que se me plantea me surgen varias dudas, espero puedan aclarármelo.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

30.12.10

Buenos días,

1º) El IVA debes de considerarlo IVA de importación, ese IVA corresponde al valor que le han dado en aduanas a la mercancía que casi seguro corresponde al valor de la factura.

2)Ejemplo: factura UPS

Base imponible 100.-euros cuenta 629
I.V.A 18.-euros cuenta 472
TOTAL 118.-euros cuenta ACREEDOR UPS

I.V.A. importación 18.-euros cuenta 472

Debes de diferenciar las dos cuentas de IVA soportado y la del IVA de importación con los dígitos correspondientes.

3)
En el mod. 303 en la casilla 26 la base imponible y en la casilla 27 el IVA de importación.

4) Como acreedor debes de poner a la empresa en USA

OJO debes de contabilizar también la factura de tu acreedor en EEUU para que cuando efectués el pago (OJO con el tipo de cambio) te cuadre la contabilidad.

Saludos,
Ricardo
rparicio@yahoo.es

La respuesta no es vinculante

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#2

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

30.12.10

Muy bien por las precisiones del compañero.

Pero de una manera mas general, el IVA es igual que sea de paises terceros, como en este caso, de paises de la UE, o de España.
Lo tratas igual que el de los demas. Si estas en regimen general lo deduces, y si estas exietno no.

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#3

Respuesta del participante:

Javier Navarro Blanco

30.12.10

Buenos días,

Voy a especificar un poco más nuestro caso porque no me aclaro del todo.
Hemos hecho una transferencia al exterior por el importe de la factura (una vez pasada a euros) de 10.000 €. Una vez recibida la mercancía pagamos en aduanas 1.800 de iva de importación y a parte los gastos de UPS por el transporte con su correspondiente iva
Comento el asiento que había hecho, el cual no será correcto

a) Por la compra del material en USA: En el debe: base imponible: 10.000 en una 629
iva soportado intracom: 1.800 en 472

En el haber: Acreedor USA: 10.000 en 410.
Iva repercutido intracom: 1.800 en 477

b) Por la transferencia pagando la fra de USA de 10.000:

En el debe: Acreedor USA: 10.000 en 410
En el haber: Banco: 10.000 en 572

c) El pago a la empresa de transporte UPS de 100 €

En el debe: Acreedor UPS: 84,74 en 624. Iva soportado: 15,26 en 472
Y su pago por banco

d) Cuando pagamos por banco los 1.800 de iva de audana, días después cuando recibimos la mercancía, que asiento debo hacer??

Como bien me has aclarado no se trata de iva intracomunitario sino iva de importación pero he reflejado el asiento realizado para que, a ser posible, me lo corrija y me explique como hacerlo según este ejemplo.

Un millón de gracias

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#4

Aportada por:

Arturo Oñate

Arturo Oñate: Profesional de la Economía Social (ONGlibre)

Trabaja en:

Asesor particular

30.12.10

El agente de aduanas te ha cargado una serie de conceptos que ha liquidado por tu cuenta sobre aduana, aparte de otros que te cobra por sus servicios de despacho de la mercancia: Transportes, Aranceles etc.

Todos ellos hacen mayor coste de adquisición de la mercancia comprada y por lo tanto deberá cargarlo a la cuenta habitual de la compra.

Por otra parte habrá el IVA en frontera que el agente ha pagado por tu cuenta. De tu consulta entiendo que repercutís IVA, pero para futuros consultantes expreso las dos soluciones atendiendo a la situción respecto al IVA. Así que:

  • Si repercutís IVA, este IVA en frontera es soportado y por tanto igualmente deducible como el de las operaciones nacionales. Lo contabilizas en la 472 y te lo podrás deducir en el próximo mod. 303 trimestral en la linea 23 del impreso. Es necesario conservar el modelo 031 de Aduanas como como justificante de pago del impuesto.

  • Si no repercutís IVA el importe del 031 será mayor gasto, incrementando el importe de la cuenta del grupo 6 correspondiente

Para el IVA soportado de importaciones sería conveniente que abras una 472x- IVA soportado en importaciones, a fin de tener estos importes controlados y separados del nacional.
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#5

Aportada por:

Arturo Oñate

Arturo Oñate: Profesional de la Economía Social (ONGlibre)

Trabaja en:

Asesor particular

30.12.10

Perdona Javier. No había visto tu último comentario. Los pasos serían:

Por la compra del material en USA:

  • En el debe: base imponible: 10.000 EUR en una 629
  • En el haber: Acreedor USA: 10.000 EUR en 410.

NOTA: el tipo de cambio a aplicar debería ser el del Banco Central Europeo en la fecha de factura.

Por la transferencia pagando la fra de USA de 10.000:

  • En el debe: Acreedor USA: 10.000 en 410
  • En el haber: Banco: 10.000 en 572

NOTA: es muy raro que no haya diferencias de cambio a registrar en la 668 o 768

Por el documento del IVA de aduanas:

  • En el debe: Iva soportado: 1800 en 472.x
  • En el haber: Agente de aduanas: 1800 en 410

NOTA: entiendo que aquí debería haber otros conceptos que irían a la cuenta 631 “Otros tributos” como los aranceles.

Por el pago al agente de aduanas:

  • En el debe: Agente de aduanas: 1800 en 410
  • En el haber: Banco: 1800 en 572

Por el pago a la empresa de transporte UPS de 100 €

  • En el debe:
  1. Acreedor UPS: 84,74 en 624.
  2. Iva soportado: 15,26 en 472
  3. En el haber: Banco 100 en 572

Espero haber ayudado

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#6

Aportada por:

José Manuel Sánchez González

Y028

Trabaja en:

Asesor particular

31.12.10

Es IVA extracomunitario decubible.
Art. 92 uno 2º Cuotas tributarias deducibles: las importaciones de bienes.
La cuota de IVA a la 472 y 2 acreedores la empresa de los EEUU y UPS.

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#7

Respuesta del participante:

Javier Navarro Blanco

31.12.10

Muchas gracias Arturo, lo has aclarado perfectamente.
Por último, hemos adquirido también material de Dinamarca, ésta operación entiendo que es intracomunitaria y el asiento, basándome en el ejemplo anterior, sería el siguiente:

a) Por la compra del material en Dinamarca: En el debe: base imponible: 10.000 en una 629
iva soportado intracom: 1.800 en 472

En el haber: Acreedor Dinamarca: 10.000 en 410.
Iva repercutido intracom: 1.800 en 477

b) Por la transferencia pagando la fra de 10.000:

En el debe: Acreedor: 10.000 en 410
En el haber: Banco: 10.000 en 572

¿Es correcto el asiento que he expuesto?
¿Se compensa el iva soportado con el repercutido ó sólo debe aparecer iva soportado para deducirnos y así reflejarlo en el modelo 303??
Por favor, corrígeme si me equivoco.
Es de gran ayuda vuestra asistencia.
Un saludo,
Javier

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#8

Aportada por:

Arturo Oñate

Arturo Oñate: Profesional de la Economía Social (ONGlibre)

Trabaja en:

Asesor particular

10.01.11

Hola Javier.
Entiendo que estáis dados de alta en el Rº de operadores intracomunitarios, a través del modelo 036.
El asiento que realizas es correcto.
El efecto del IVA intracomunitario es “cero” (472 - 477)
En el modelo 303 debes rellenar los apartados Adquisiciones y entregas intracomunitarias.
Después tienes que presentar la declaración del 349 que se realiza trimestralmente (en www.aeat.es tienes el programa de ayuda). En esta declaración sólo debes declarar las compras de bienes, no la prestación de servicios, así que lo que difiere el 349 y el 303 serán facturas de prestación de servicios.

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#9

Respuesta del participante:

Javier Navarro Blanco

11.01.11

Muy bien aclarado! gracias de nuevo por la ayuda prestada.

Un saludo,

Javier

solucionesong.org
Un proyecto de