Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Thais Manzarbeitia Oxangoiti

Cómo contabilizar los ingresos por subvenciones de cada asociación regional en las cuentas de la Federación

15.03.05

Somos una Federación, integrada por asociaciones regionales que tienen diferente CIF.

Nos gustaría saber cómo debemos contabilizar los ingresos por subvenciones de cada asociación regional en las cuentas de la Federación. Las asociaciones regionales no soportan gastos ya que éstos son soportados por la Federación, resultando complicada la correlación entre gastos e ingresos.

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Miguel Angel Mirón Díaz

Responsable Area Fiscal y Contable Fundación Gestión y Participación Socialwww.asociaciones.org

Trabaja en:

Asesor particular

16.03.05

Estimada Thais:

El funcionamiento habitual, a nivel económico, de las Federaciones suele ser el siguiente: éstas reciben subvenciones de distintos Organismos para distribuir entre sus asociados de tal manera que en la cuenta de Ingresos de la Federación aparecen importantes montantes económicos que realmente no son para su uso sino que reciben como entidad representante de todas las demás. Estos ingresos se han de contabilizar en la Federación. La federación a su vez, distribuye esas cantidades y contablemente las recoge en la Cuenta 651.
Es decir, existe una entrada de dinero a distribuir y una salida cuando se transfieren a las entidades asociadas. Logicamente la Federación asume unos costes bancarios, de gestión, administrativos en todo este proceso que entiendo que las entidades asociadas pagarán a través de una cuota anual por pertenecer a vuestra Federación. Con este planteamiento, la cuenta de resultados de vuestra Federación estaría practicamente equilibrada.
Desconozco no obstante, si vuestro caso particular es así ya que por la información que das me quedan muchas dudas.
Un saludo

avatar
#2

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

17.03.05

Estimada Thais:

Entiendo que están preguntando por subvenciones solicitadas por las asociaciones. En ese caso, conviene puntualizar lo siguiente:

Aunque en las Asociaciones de ámbito nacional que han ido haciendo acto de presencia en ámbitos locales, es bastante habitual funcionar en el día a día como una única organización, deben de tener en cuenta que en lo burocrático no es lo mismo una asociación con delegaciones, que una Federación con asociaciones miembro.

En el primer caso se trata de una única personería jurídica, y que por lo tanto debe de haber un sistema contable que también contemple la partida presupuestaria, entradas y salidas de cada delegación, más allá del tipo de funcionamiento interno y grado de autonomía de las mismas, puesto que se trata de la misma organización.

Sin embargo, en el caso de una federación, debe de tener en cuenta que son personerías jurídicas distintas, e independientes. El hecho de pertenecer a una asociación de segundo grado, no conlleva ni debe significar, merma de la independencia de la asociación miembro.
Es cierto, que tendrán obligaciones (y derechos), como asociados de la federación, pero el haberse federado no supone ni haberse disuelto, ni haber sido “fagocitado”. Por que en ese caso, no se trataría de un proceso federativo sino de integración en otra organización.
Aunque son ámbitos de referencia diferentes, resulta muy instructivo realizar comparaciones con los avances y consensos logrados por las cooperativas. Éstas se rigen por “6 principios cooperativos” aceptados en todos los países, siendo el 4° Principio «Autonomía e independencia: Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa.»
Centrándonos en las asociaciones, eso significa, que la contabilidad y funcionamiento de una asociación miembro, son cuestiones internas que no deben de repercutir en la contabilidad de la federación, más allá de las obligaciones adquiridas con ésta (por ej. las cuotas y aportes a la federación) o de los derechos y beneficios que le pueda generar (en su caso, por ej. los pagos de funcionamiento de las asociaciones regionales, que son asumidos por la federación). Otra cosa sería que, como entidades de un mismo movimiento que comparten razón de ser, elaboraran una memoria económica o de actividades, en las que presentaran con una perspectiva grupal los logros individuales de las asociaciones miembros y la propia federación. En ese caso, pueden adoptar el sistema que consideren más ilustrativo.
Pero en el caso de procedimientos más burocráticos, cada asociación llevará su propia contabilidad y libros, como personerías jurídicas diferenciadas que son.

Un cordial saludo,

Álvaro Ortega

avatar
#3

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

17.03.05

Si por el contrario, la subvención la ha recibido la Federación, comparto la opinión de Miguel Ángel. En cualquier caso, les aconsejo la consulta “Cómo contabilizar una subvención recibida desde la Federación” de la FEAPA en:
http://www.solucionesong.org/lectura_foro.asp?id_consulta=309

Un cordial saludo,

Álvaro Ortega
__________________________________________________________

avatar
#4

Opinión anónima

17.03.05

Estimada Thais:

Respecto a la cuestión que planteas lo realmente relevante, tanto desde el punto de vista contable como en de responsabilidad en caso de incumplimiento de la finalidad para la cual se concedió la subvención, es determinar qué entidad es la que solicita y recibe la subvención. Porque si la entidad es solicitada directamente por las asociaciones que integran la Federación, serán aquellas las que deban contabilizar el ingreso en la cuenta correspondiente dependiendo de la procedencia y del tipo de subvención, siendo también responsables de su correcto destino.

Si por el contrario es la Federación la que solicita y recibe la subvención es ella la que ha de contabilizar el hecho económico (el ingreso) siendo también responsable de su buen destino. Si la misma ha sido concedida a la Federación y ésta a su vez transfiere a las Asociaciones parte o la totalidad de la cantidad recibida, deberá utilizar la cuenta 651 “Ayudas monetarias a entidades” que recoge el importe de las prestaciones de carácter monetario concedidas a entidades (las Asociaciones) y realizadas en cumplimiento de los fines propios de vuestra Federación.


Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

solucionesong.org
Un proyecto de