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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pablo Moreno Zafra

¿Cómo contabilizar una compensación económica que hacemos a las empresas en las que hacen prácticas nuestros alumnos?

13.10.09

Recibimos una subvención en materia de inserción laboral que incluía una partida para compensar económicamente a las empresas en las que hacen las prácticas nuestros alumnos.


Nos gustaría saber cómo contabilizar el gasto de dichas compensaciones: ¿es adecuada una cuenta del subgrupo 651 o hay que utilizar alguna cuenta del grupo 62?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

13.10.09

De acuerdo con el PGC para entidades sin ánimo de lucro parece que la ayuda a que hacéis referencia encajaría mejor en cuentas del subgrupo 65 que en cuentas del subgrupo 62.


Saludos.


Juan González Martín-Palomino.


juan@gonzalezpalomino.com

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#2

Aportada por:

Fabio Almeida Rebollo

Asesor económico contable

Trabaja en:

Asesor particular

16.10.09

Hola Pablo:


Estoy de acuerdo con Juan, en caso de que la contrapartida al subgrupo 65 sea la 412 Beneficiarios, acreedores, como  la empresa compensada.


Si queréis que la empresa compensada esté fuera del concepto de beneficiaria, acreedora de la actividad propia, el gasto será según su naturaleza del subgrupo 62, y la empresa compensada estará en la subcuenta de acreedores 410.


Saludos,


Fabio

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