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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Felipe Besada

¿Cómo deberíamos contabilizar esta indemnización en el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas ONG?

04.12.18

Hola:

A ver si alguien me puede dar una idea sobre la siguiente duda.

Este ejercicio hemos decidido adaptar la contabilidad al Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos. Antes utilizábamos el de pymes. Somos una asociación deportiva y ninguno se adapta del todo a nuestra situación.

El nuevo plan tiene algunos cambios y por eso nos han surgido algunas dudas:

Hemos tenido una indemnización de un seguro y lo hemos llevado a la 778 como hacíamos antes pero, sin embargo, al sacar la cuenta resultados el importe de la 778 no se incorpora al resultado.

En la Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos se puede ver que la cuenta 778 no se incorpora al cálculo de resultado.

¿Cómo creéis que deberíamos contabilizar esa indemnización?

He visto algo en algún foro pero no nos da sólo de baja los elementos del inmovilizado deteriorado ya que parte de la indemnización ha sido para hacer trabajos de limpieza que finalmente se llevaron a cabo por personal de la entidad.

Espero haberme explicado. Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.

Un saludo.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

05.12.18

Con independencia de cualquier olvido que se haya podido producir al elaborar los MODELOS DE CUENTAS ANUALES incluidos en la Resolución que usted cita, lo que es evidente para cualquier profesional de la Contabilidad es que en el HABER (INGRESOS) de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias deben anotarse TODOS LOS SALDOS de las cuentas del Grupo 7, sin ninguna excepción. Por lo tanto, si la cuenta (778) tiene saldo en el momento de realizar las operaciones previas al cierre del ejercicio, dicho saldo se anotará en el HABER de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio que se cierra.

Le recomiendo la lectura del documento elaborado por AECA (Asociación Española de Contabilidad y Administración de empresas) en referencia a los Estados Financieros de las ESFL.

Un atento saludo.

Adolfo T. Dochado
Consultor, Auditor y Formador

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Respuesta del participante:

Felipe Besada

05.12.18

Muchas gracias por su respuesta. Pero a su entender en la cuenta de P y G dónde lo metería? Está claro que no es un ingreso financiero. Muchas gracias de nuevo.

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