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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Tova Campos

¿Cómo me aconsejais solucionar un error emitido en el modelo 347?

14.01.11

Habiendo declarado los mod. 347 del 1º , 2º y 3º trimestres 2010, al comprobar con proveedores las cifras para el mod. 347 he detectado que me faltan facturas recibidas por anotar con IVA al 7%.

¿Puedo incluirlas en el 347 del 4º trimestre o debo hacer un modelo complementario del 2º trimestre?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Bermudez Claveria

Auditor Censor Jurado de Cuentas. Economista y auditor experto en ONG y Fundaciones AOB auditores (www.aobauditores.com) - Teléfono:902112936

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.11

La opción más facil es presentar una declaración complementaria y/o sustitutiva, aunque mi recomendación seria que presentaras un escrito aclaratorio indicando lo que has detectado y como lo quieres sustituir. Es la mejor opción y con ello, puede que te ahorres la posible sanción.

Puedes consultar mas en www.aobauditoresonline.com

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#2

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

17.01.11

Buenas tardes,

El relación al 347 , modelo en donde se declaran las operaciones mayores a 3005,06, es una declaración anual solo se presenta una vez al año en el plazo del 1 al 31 de Marzo del año siguiente al que se efectúan las operaciones, es decir el 347 de operaciones del ejercicio del 2010 se presentaría en Marzo del 2011.

Espero haberte ayudado , si he interpretado bien tu pregunta.

Silvia Alvarez
DHAsociaciones

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#3

Aportada por:

Bernardo Naranjo Luna

Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.11

Estimado Juan,

Debes de referirte al modelo 303 trimestral de IVA y no el 347 como comentas, pues es el modelo anual informativo para operaciones con terceras personas.

Si es al modelo 303 de IVA al que te refieres, se debe hacer, cumpliendo la legalidad, una complementaria del 2º trimestre, aunque es cierto que hay asesorías que lo meten en el cuarto trimestre por no afectar al resultado final, pero en caso de una inspección podrían poner problemas. También depende de qué importe se trate.

Espero haberte servido de ayuda. Un saludo cordial,

Bernardo Naranjo
gestion@balendu.org
La respuesta no es vinculante

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#4

Respuesta del participante:

Juan Tova Campos

17.01.11

Disculpadme todos los asesores que me habéis contestado porque, efectivamente, se trataba del mod. 303 y no del 347. Ha sido un error por mi parte.
La solución de hacer un 303 complementario ya la suponñia, mi propuesta/pregunta era la de no tener que hacerlo, sino poder incluirlo en mod. 303 especificando el IVA del 7%, a la cual me ha contestado perfectamente Bernado Naranjo.
Muchas gacias a todos.

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#5

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.11

Si son facturas recibidas (IVA deducible) no hay mayor problema en incorporarla en otro periodo, incluso en otro ejercicio. La deducibilidad del IVA es de hasta 5 años. No son pocas las veces que al cuadre del 347 afloran facturas no recibidas y/o contabilizadas erróneamente por lo que se suelen incluir en le primer trimestre del siguiente ejercicio.

Cosa distinta es respecto a la facturación realizada (IVA Repercutido) donde ahí si puedes tener problemas si no se declara en el periodo correspondiente.

Saludos.-

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#6

Respuesta del participante:

Juan Tova Campos

18.01.11

Gracias Manuel por tu aclaración. Esa es mi verdadera duda, si en el soporte informático de Hacienda (modelo 303 del 4º trimestre) admiten introducir fras. con el 7%...¿¿??

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#7

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

18.01.11

Recuerda que en relación al IVA soportado no tienes que especificar las bases ni los tipos de IVA. Solo se indica el montante total de compras con derecho a deducción y el IVA soportado en tales operaciones con independencia de que sea al 7, 4, 8, 16 o cualquier otro.

Saludos.-

solucionesong.org
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