Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Luciano Murabito

¿Cómo nos puede afectar el concurso de acreedores? ¿Debemos dar el pago por perdido?

15.09.13

Hola

Somos una asociación cultural que se dedica a la investigación teatral. Hace ya un año y más, una empresa nos convocó para una serie de animaciones de calle para un gran proyecto (que según nos dicen nunca les llegó el dinero). Decidimos coger el trabajo y así juntar dinero para la misma. Después de todo este tiempo no nos han pagado nada, se ve que la empresa está por desaparecer (ya no tiene oficina) y están por llamar a un concurso de acreedores (nos siguen diciendo que mientras existan se comprometen a pagarnos). ¿Qué debemos hacer? ¿Cómo podemos reclamar? ¿Qué significa lo del concurso? ¿Damos el pago por perdido?

Gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

16.09.13

Salvo mejor opinión, en un procedimiento concursal tienen ustedes pocas posibilidades de cobrar el dinero que la empresa les adeuda. Por cuanto existen créditos privilegiados (por ejemplo, una parte de los salarios debidos a los trabajadores), créditos preferentes (deudas con la Seguridad Social y con la Hacienda Pública) y créditos garantizados (por ejemplo, los créditos hipotecarios); que ocupan las primeras posiciones a la hora de proceder a la liquidación de las deudas de la empresa afectada por el Concurso.

Después viene el resto de los acreedores, entre los que ustedes seguramente representarán una parte poco significativa del total de la deuda.

No obstante, si se inicia el Concurso su única posibilidad de cobrar algo es incorporándose al mismo. Para ello han de estar pendientes al correo porque, en su moento, los Interventores Judiciales se pondrán en contacto con ustedes, comunicándoles la situación concursal de la empresa y les solicitarán información y justificación documental de la deuda existente.

Un atento saludo.

avatar
#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

16.09.13

Como dice la respuesta anterior, es poco probable que cobréis, pero sí es muy conveniente entrar a formar parte de la masa de acreedores, para lo cual es importante tener la deuda bien documentada .
Deberíais reflejar esta situación en vuestra contabilidad

avatar
#3

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

16.09.13

Estimado Luciano:

Desconozco si emitisteis factura con IVA en aquel momento. Si fue así habéis de tener presente que podríais recuperarlo pero el plazo que se abre es muy breve una vez comunicado el concurso: sólo un mes o quince días según el caso.

Sería una forma de recuperar algo de dinero.

Saludos,

Juande

solucionesong.org
Un proyecto de