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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Arturo Castellanos Gonzáles

¿Cómo podemos evitar legalmente la devolución del IVA que nos solicita la administración?

12.04.18

Hola:

Varias administraciones están solicitándonos que devolvamos la parte de la subvención susceptible de recuperación por la contraparte. Es decir, el I.V.A de todas las facturas del proyecto, pues así lo estipula la Ley General de Subvenciones en su artículo 31.8.

¿Alguna orientación de cómo afrontarlo legalmente para evadir la devolución?

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

24.05.18

Salvo mejor opinión, si el importe del IVA incluido en la subvención recibida ha sido recuperado por la entidad ya sea mediante compensación con el IVA repercutido en las actividades económicas desarrolladas por la misma, ya sea mediante un procedimiento de devolución; procede la devolución del importe del IVA recuperado tal como establece el Artículo 31 punto 8 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Excepto que haya tranascurrido el plazo de prescripción de cuatro años establecido en el Artículo 39 de la misma ley.

Un atento saludo.

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#2

Respuesta del participante:

Arturo Castellanos Gonzáles

24.05.18

Gracias.

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