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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Martinez Medina

¿Cómo podemos montar una empresa que contrate personas con necesidades especiales? ¿tendríamos beneficios económicos y sociales?

06.02.08

Nuestro deseo es montar una empresa para repartir publicidad para que esas personas lo hagan, ¿cómo podríamos hacerlo y qué beneficios podríamos tener a nivel económico y social?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

25.02.08

Estimado Francisco: en relación con tu consulta planteada, paso a exponerte lo siguiente; en primer lugar, desde el punto de vista económico, la empresa es una organización destinada a la producción y distribución de bienes y servicios para el mercado, con el fin de obtener el máximo beneficio. En España, en el momento de constituir una empresa, la ley permite que se configure dentro de una gama limitada de posibilidades. Cada una de estas posibilidades es a la que llamamos “forma jurídica�.Una vez que surge la idea se debe elegir la forma jurídica que se adopte para cada caso en cuestión.
La elección de la forma jurídica es importante, pues de ella depende por una parte los trámites que se tengan que realizar para constituirla, y por otra parte, las obligaciones fiscales y laborales que deba cumplir.
Antes de elegir una forma jurídica hay que tener en cuenta los siguientes factores:
-El capital de que se dispone para el inicio dela actividad
-El número de socios
- El grado de responsabilidad que las personas promotoras estén dispuestas a adquirir
- El tipo de actividad a desarrollar
En nuestro derecho privado existen dos tipos de sociedades:
-Civiles, que están formadas por dos o más socios sin límite máximo ni mínimo de capital. Se caracteriza porque la responsabilidad es ilimitada, además de ser formas que no se suelen crear con ánimo de lucro.
- Mercantiles, que se define como el contrato en el que dos o más personas se obligan a poner en común bienes, dinero o industria, para realizar una actividad económica con el fin de obtener un lucro que ser repartido entre ellos.
Dentro de las mercantiles, pueden definirse dos clases distintas de Sociedades: Personalistas y Capitalistas.
Dentro de las empresas sociales nos encontramos con las civiles, las cuales no tienen ánimo de lucro, mientras que en las sociedades mercantiles, uno de los requisitos y principios por los que se crean es por la obtención de beneficio, por lo tanto deberíais descartar cualquier tipo de sociedad civil ya que vuestros intereses parecen que se inclinan hacia una sociedad mercantil.
Entre las sociedades mercantiles, en mi opinión, aunque no vinculante, la S.L. constituye una de las formas jurídicas más utilizadas por las pequeñas empresas ya que posee una normativa flexible, máxime cuando en vuestro caso planteado, nos encontramos con una Fundación de ayuda a los colectivos de minusválidos y personas de la tercera edad, mientras que la S.A. se crea más bien por empresas grandes y fuertes, en este caso, por fundaciones bien dotadas patrimonialmente.
En cuanto a la contratación de trabajadores con discapacidad, podéis utilizar la normativa laboral relacionada con el fomento de la integración de este colectivo en el mundo laboral, cuyo procedimiento viene dado por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.
Un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com













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