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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Toledano Barrera

¿Cómo podríamos legalizar el Ateneo y que legalmente pertenezca a la asociación?

17.06.15

Hola,

Estoy en una asociación de vecinos y queremos crear un Ateneo, estando legalizada la asociación de vecinos, ¿cómo podríamos legalizar el Ateneo y que legalmente pertenezca a la asociación?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

VÍCTOR MANUEL CANTERO GÓMEZ

Trabaja en:

Asesor particular

19.06.15

Hola Francisco,

Después de leer su consulta tengo que decirle que no hay ningún problema en hacerlo si la asociación está legalmente constituida. Esto un poco saturado de trabajo pero si le parece déjeme su correo y cuando tenga un hueco le indico la forma de proceder.

Un saludo

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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

20.06.15

Estimado Francisco: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: la cuestión que nos traslada viene dada por el hecho de ser miembro de una asociación de vecinos, teniendo interés dicha entidad asociativa en constituir un Ateneo.
Al respecto, es dable traer a colación lo dispuesto en el artículo 3.1. de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, el cual establece lo siguiente: “1.Podrán constituir asociaciones, y formar parte de las mismas, las personas físicas y las personas jurídicas, sean éstas públicas o privadas, con arreglo a los siguientes principios: a.Las personas físicas necesitan tener la capacidad de obrar y no estar sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho.
b.Los menores no emancipados de más de catorce años con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad, sin perjuicio del régimen previsto para las asociaciones infantiles, juveniles o de alumnos en el artículo 7.2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
c.Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil habrán de atenerse a lo que disponga su legislación específica para el ejercicio del derecho de asociación en lo que se refiere a asociaciones profesionales.
d.Los Jueces, Magistrados y Fiscales habrán de atenerse a lo que dispongan sus normas específicas para el ejercicio del derecho de asociación en lo que se refiere a asociaciones profesionales.
e. Las personas jurídicas de naturaleza asociativa requerirán el acuerdo expreso de su órgano competente, y las de naturaleza institucional, el acuerdo de su órgano rector.
f. Las asociaciones podrán constituir federaciones, confederaciones o uniones, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para la constitución de asociaciones, con acuerdo expreso de sus órganos competentes.
g.Las personas jurídico-públicas serán titulares del derecho de asociación en los términos del artículo 2.6 de la presente Ley, salvo que establezcan lo contrario sus normas constitutivas y reguladoras, a cuyo tenor habrá de atenerse, en todo caso, el ejercicio de aquél.
A su vez, en el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, se establece lo siguiente: “1. Las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular, y se dotan de los Estatutos que rigen el funcionamiento de la asociación”.
En consecuencia, a la luz de lo expuesto, de la letra e), párrafo primero del artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, las personas jurídicas de naturaleza asociativa en este suspuesto, una asociación de vecinos, previo acuerdo del órgano competente –Junta Directiva o Asamblea General, dependiendo de los estatutos- y de base institucional previo acuerdo del órgano rector, puede constituir un Ateneo como una asociación de carácter cultural, tal como acaece, por ejemplo, con el Ateneo de Granada -http://ateneodegranada.com/?page_id=64
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#3

Respuesta del participante:

Francisco Toledano Barrera

22.06.15

Gracias Rafel y Víctor, os dejo mi correo personal por si podéis seguir orientándome sobre esta cuestión. Como por ejemplo si conocéis modelos de estatutos y/o reglementos, o los pasos que exactamente tendría que dar la asociación de vecinos para constituir legalmente el Ateneo. Cordiales saludos

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#4

Respuesta del participante:

Francisco Toledano Barrera

22.06.15

pacotoledano@yahoo.es

solucionesong.org
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