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Consultas Online

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Consulta formulada por:

David Palomo Arroyo

¿Cómo tengo que hacer un certificado que acredite la entrega de un bien que nos han donado?

20.05.05

Hola,

Ante un donativo en especie que nos van a realizar, me he puesto en contacto con Hacienda para consultar a qué se refiere en el art.6 del Real Decreto 1270/2003 cuando habla en su punto d. del Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega del bien donando cuando no se trate de donativos en dinero, que debe contener el certificado de donaciones.

Me han dicho que vale con un documento de texto libre elaborado por el donatario donde se ponga de manifiesto el donativo recibido. Pero este documento me dicen que tiene que tiene que estar notarizado.

¿El notario me firmaría una simple declaración indicando que hemos recibido un determinado bien por un precio de un donante? o, ¿para que me la notaricen debo adjuntar algún otro documento?. En caso afirmativo, ¿cuál sería?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

23.05.05

Hola David

En principio, un notario firma y da fe de cualquier documento privado, como un contrato entre particulares, una donación o un simple testamento. No existe ningún requisito adicional. Las donaciones se puden acreditar en documento privado o público, en este caso por el notario, lo que tienes que ver es si la persona que os hace la donación necesita acreditarla para que no tributeis por ella, y en este caso Hacienda exigirá documento público como algo más fiable y para testimoniar la misma.

Me gustaría contactar contigo para ver qué actividad haceis en la ONG y cómo os puedo ayudar

Saludos

Maribel
Analista financiera-abogada ABN AMRO

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#2

Respuesta del participante:

David Palomo Arroyo

24.05.05

Hola Maribel,
Mi mail es david.palomo@ongrescate.org y también me puedes localizar en el teléfono 914472872.
Saludos.

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#3

Aportada por:

Bertha Argueso Herrmann

Protectora de animales y plantas

Trabaja en:

Asesor particular

25.05.05

EL CERTIFICADO LO TIENE QUE HACER LA SECRETARIA DE LA ASOCIACION. PONIENDO LOS DATOS DEL DONANTE, EL OBJETO DONADO Y EL VALOR APROXIMADO DE ESTE DONATIVO. HACIENDO CONSTAR QUE QUEDA INVENTARIADO COMO BIEN DE LA ASOCIACION

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#4

Opinión anónima

03.07.05

Madrid a 3 de junio de 2005


Señores:

En contestación a su consulta nuestra opinión es la siguiente.

Tal y como dicta el RD 1270/2003, la entidad beneficiaria expedirá certificación al donante donde consten al menos los siguientes extremos:

· El número de identificación fiscal y los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria.

· Mención expresa de que la entidad donataria se encuentra incluida entre las entidades beneficiarias de mecenazgo de acuerdo con lo establecido en la Ley 49/2002.

· Fecha e importe del donativo cuando éste sea dinerario.

· Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega del bien donado cuando no se trate de donativos en dinero.

· Destino que la entidad donataria dará al objeto donado en el cumplimiento de su finalidad específica.

Mención expresa del carácter irrevocable de la donación, sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que regulan la revocación de donaciones.

En las donaciones no dinerarias, si estas son documentos inscribibles en cualquier Registro, para acreditar la entrega, se suele acudir a un notario que de fe de la misma, ya que este documento será el que se inscriba posteriormente.

Normalmente, y por donaciones no inscribibles, (p.e. un ordenador), con un documento del donante indicando su entrega y las características y el valor del mismo, y del donatario recibiéndolo, sería suficiente. Tengan en cuenta las forma de valorar estas donaciones no dineraria según la Ley 49/2002 “en los donativos o donaciones de bienes o derechos, el valor contable que tuviesen en el momento de la transmisión y, en su defecto, el valor determinado conforme a las normas del Impuesto sobre el Patrimonio.”


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.


Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,


Saludos cordiales.

solucionesong.org
Un proyecto de