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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maria Angeles Galan Octavio de Toledo

Consulta sobre las cuentas anuales que hay que presentar para solicitar la utilidad pública.

23.01.08

¿Las cuentas anuales que hay que presentar para solicitar la utilidad pública son una mera hoja de control de ingresos y gastos o se debe haber llevado una contabilidad según plan contable?

Gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.08

Las cuentas anuales que deben aportarse con la solicitud de declaración de utilidad pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 1740/2003, deben lógicamente ajustarse al plan general de contabilidad (balance de situación, cuenta de resultados y memoria).

En el supuesto de que no lleváseis la contabilidad ajustada al PGC no os quedará más remedio que mecanizarla con cualquiera de los programas informáticos de contabilidad que existen en el mercado para poder presentar los informe en forma adecuada.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com

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#2

Opinión anónima

25.01.08

Hola, para solicitar la declaración de utilidad pública teneis que presentar las cuentas en el registro de Asociaciones y en el Registro Mercantil en el formato oficial
Nuria

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#3

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.08

Estimada María Angeles,

Como te dice el compañero, tenéis que tener una contabilidad. Presentar el balance de situación y la cuenta de resultados así como la memoría, tal y como viene explicado en el 776/1998 donde se aprueba el pgc para enl.
Aparte de esto, como ya sabrás, debéis tener mas de 2 años de antiguedad y aportar el resto de la documentación requerida por el Ministerio.

Un cordial saludo,

Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com

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#4

Aportada por:

Jose Jesus Rendo Thomas

Responsable de Contabilidad y Administrador de sistemas en la Asociacion

Trabaja en:

Asesor particular

28.01.08

toda la informacion que necesiteis esta en:

http://www.mir.es/SGACAVT/asociaciones/utilidadpublica/

Os viene la normativa asi como modelos a presentar en registro de asociaciones

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#5

Opinión anónima

05.02.08

Estimada Mª Ángeles:

Como sabes las asociaciones declaradas de utilidad pública deben adaptar su contabilidad a lo establecido en el RD 776/1998 en el que se publican las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades Sin Fines Lucrativos.

En cualquier caso en la página web del Ministerio del Interior tienes los modelos para la presentación de cuentas.

Un cordial saludo.

Las respuestas de los técnicos de la Fundación no tienen carácter vinculante.

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