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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mercedes Palanca Gonzalez

Contabilización de gastos de tienda de comercio justo promovida por dos ONG

14.01.05

Yo trabajo en una ONG que el año 2004 comenzó un proyecto en colaboración (una tienda de comercio justo) con otra ONG. La contabilidad del proyecto la llevamos nosotros.

Mi consulta es:
¿Qué debe figurar en nuestra contabilidad? Yo entiendo que la tienda debe llevar un contabilidad interna y nosotros solo contabilizar los gastos del proyecto; es decir, lo que se gastó en alquiler, sueldos, ...los gastos generales, pero no la contabilidad diaria de la tienda. ¿Es así?.

Por otro lado, miembros de la Junta Directiva han pagado algunas facturas. ¿Cómo habría que contabilizarlo?. Por ejemplo, una persona pagó una televisión de 300€. ¿Como sería el apunte contable?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

14.01.05

Desde un punto de vista extrictamente legal, la obligación de contabilización de documentos, recae en la entidad a la que le sea expedida fiscalmente el documento. Así si la compra de un televisor está facturada a tu ONG tendrás que contabilizarla tu, y en caso contrario la otra ONG. Esta es en principio la técnica. No obstante existe otra mecánica de perdidas transferidas entre entidades participantes en proyectos comunes. Es decir si existe un contrato o convenio de colaboración, cualquiera de las entidades puede transferir parte de sus gastos (o ingresos) a la otra entidad participante. Estas operaciones en común vienen reguladas por los artículos 239 a 243 del CComercio.

En mi opinión contabilizaría los gastos como indiqué en la primera opción, es decir atendiendo a la naturaleza fiscal (o laboral) del gasto producido.

Saludos.-

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#2

Opinión anónima

23.03.05

Estimada Mercedes:

Toda factura se emite a un sujeto físico o jurídico que aportará sus datos básicos (incluido el CIF) para que dicha factura pueda ser emitida.

La obligación de contabilización recaerá sobre la entidad a la que se ha hecho la factura y que ha pagado por el bien o el servicio recibido.

Entiendo que si la tienda tiene su propio CIF deberá llevar su propia contabilidad.

Cosa distinta es que se trate de un proyecto que os fue concedido a vosotros en cuyo caso sois responsables de su correcta ejecución y de la contabilización de los hechos económicos que en el marco de dicho proyecto se lleven a cabo.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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#3

Respuesta del participante:

Mercedes Palanca Gonzalez

19.01.05

Lo siento, pero no me ha aclarado lo que consultaba.

solucionesong.org
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