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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Javier Merino Domínguez

Contratación de seguro de enfermedad para el voluntariado en el extranjero

25.03.10

Quisiera saber si es obligatorio que el seguro que se contrata por parte de las ONG para cubrir a los voluntarios, aparte de cubrir accidentes y responsabilidad civil tiene que cubrir enfermedades.


En cualquier caso agradecería que me indicasen seguros que cubren enfermedades para voluntariados en el extranjero ya que lo veo necesario.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Suficiente

Aportada por:

Berta Liliana Brusilovsky Filer

Arquitecta, urbanista, cooperación internacional

Trabaja en:

Asesor particular

26.03.10

El seguro de salud debe cubrirlo todo: enfremedades, atencion medica especializada, accidentes, muerte y traslado en estos casos con asistencia familiar.


Nosotros como organizacion para nuestras voluntarias lo hemos contratado directamente a traves de la agencia de viajes con o sin billete de viaje, que te ofrece un seguro en muy buenas condiciones y que cubre tambien problemas en los desplazamientos, asi como devolucion del precio de los  billetes si cabe.


Me imagino que habra montones de empresas que se dediquen a este apartado, os doy un telefono de Viajes Rolmar por lo menos para que consulteis precios primero: 915596030, preguntar por M Carmen de parte mia.


Saludos


Berta Brusilovsky Filer,


Accion para el Desarrollo y la Igualdad.

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#2

Suficiente

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

27.03.10

Estimado Francisco: en relación con la consulta establecida, paso a informarte lo siguiente: tal como te traslada mi compañera de portal Berta, cuyos criterios comparto, la Disposición adicional primera de la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado, relativo a los Voluntarios en el extranjero, señala que: “A quienes participen de forma voluntaria y gratuita en programas que se ejecuten en el extranjero por organizaciones que reúnan los requisitos del artículo 8 de esta Ley, les será de aplicación lo previsto en la misma”.
En este sentido, el artículo 8.2.b) de la citada Ley sienta que:
“2. Dichas organizaciones deberán, en todo caso:
b) Acreditar la suscripción de una póliza de seguro, adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por los voluntarios, que les cubra de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente”.
      Partiendo de lo dispuesto, en cuanto a los seguros que cubran los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, aparte de poder contratarse mediante agencias de viajes, tal como señala Berta, os puedo citar las aseguradoras del ramo:
      -DKV Seguros. www.dkvseguros.com
      -Fundación Pere Tarrés
       Un cordial saludo y buena suerte.
       Rafael Pérez Castillo.
       rperezcastillo@gmail.com

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#3

Opinión anónima

29.03.10

Mira las coberturzas de Mondial Asisten. No estan mal de precios y cubren todas las continguencias, tampoco hay que olvidar el seguro del billete de transporte.


Pero si es obligatorio el cubrir a un voluntario, aunque no fuese asi, no olvidemos que somos un ente social y humanamente no se deberia ni de plantear esta pregunta.

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