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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pilar de Aguilar Macipe

¿De qué manera podemos hacerlo para que no nos cobren el IVA de una donación con factura?

13.04.12

Una empresa de servicios quiere colaborar con nosotros a coste cero, pero ellos tienen que emitir factura con IVA y para nosotros supone un gasto.

Pero si queremos esa colaboración, ¿de que manera lo podemos organizar para que no nos suponga un gasto?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Javier Marco Cano

Economista, Abogado, Auditor de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

18.04.12

Estimada Pilar, mi criterio es el siguiente. Existen posibilidades jurídicas distintas para regir las relaciones entre las entidades. En este caso, nos podemos encontrar con un convenio de colaboración o un contrato de prestación de servicios. En el primer caso, no está sujeto a IVA y por tanto, el documento que se emita, posteriormente con su correcto tratamiento se puede obtener que el coste sea cero. Sin embargo, si estamos ante una prestación de servicios, la factura devengará IVA y por tanto, al producir la donación, por ejemplo, siempre tendrá ese coste. Por tanto, lo que debeis analizar es la relación entre ambas entidades, ver si es factible la realización de un convenio de colaboración y si esto es así, podeis enfocar la situación de la manera que indicas.
Espero haberte ayudado.
Saludos
Javier Marco Cano

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#2

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

18.04.12

Buenas tardes,

Solo añadir que si no podeis envitar la factura con iva, seguro que teneis gastos con iva y a lo mejor compensa el iva de la factura que os emiten.

Si es el caso os podeis dar de alta en iva y en una actividad, sería cuestión de ver los importes de iva repercutido de la factura emitida y los gastos que tenga la fundación con iva en el mismo trimestre.

Pero teneis que ver como dice el compañero las opciones de colaboración con la otra entidad.

Espero mi respuesta te sirva de utilidad.

Un saludo.
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

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#3

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

18.04.12

Como bien dice Javier, la figura del convenio de colaboración es la más acertada. Sin entrar en los matices de su aplicación, comentar que además del tema del IVA, las contribuciones por un convenio de colaboración son deducibles al 100% del IS mientras que las donaciones solo el 35%.

Saludos.-

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#4

Respuesta del participante:

Pilar de Aguilar Macipe

19.04.12

¡Hola a todos!

Muchísimas gracias por las respuestas aportadas.
Estamos mirando el caso.
Gracias,
Pilar

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#5

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

20.04.12

Pilar, como muy bien te han explicado los compañeros,
todo apunta al convenio de colaboración.
Y al margen de los detalles del IVA, y a modo de “check list” cabe considerar la documentación necesaria para efectuar una prestación de servicio lo habitual a efectos documentales es:
A>el propio convenio, y
B>la factura correspondiente a los servicios prestados y explicitados en el convenio.

Para detallar más hay que considerar el “Régimen Fiscal de las Donaciones, Patrocinios, Mecenazgo y Convenios de colaboración empresarial. Te he dejado este enlace por si quieres ampliar la información.

Un saludo.

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#6

Respuesta del participante:

Pilar de Aguilar Macipe

24.04.12

Muchas gracias por tu respuesta también.

Pilar

solucionesong.org
Un proyecto de