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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Cristina Ocaña Barreto

¿Debemos abrir expediente sancionador por el incumplimiento económico de uno de los miembros de la Junta?

05.03.17

Hola,

En nuestros estatutos está contemplada la baja de los miembros de la Junta Directiva por incumplimiento de sus obligaciones económicas.

Queremos dar de baja al vicepresidente, pero no sabemos si es necesario hacer un expediente sancionador o no, y en ese caso, cómo habría que redactarlo o proceder.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

12.03.17

Estimada Cristina: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: la cuestión que nos traslada trata sobre si en el seno de vuestra entidad asociativa debe de abrirse expediente sancionador por el incumplimiento económico de uno de los miembros de la Junta Directiva de vuestra entidad, habida cuenta de que en vuestros estatutos está contemplada la baja de los miembros de dicho órgano de representación por incumplimiento de sus obligaciones económicas.
Al respecto, cabe traer a colación el apartado primero del artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, el cual menciona que:
“1. Los Estatutos deberán contener los siguientes extremos:
e) Los requisitos y modalidades de admisión y baja, sanción y separación de los asociados y, en su caso, las clases de éstos. Podrán incluir también las consecuencias del impago de las cuotas por parte de los asociados.”
Así pues, en los estatutos de vuestra entidad no lucrativa deben de venir de forma obligatoria como contenido mínimo de los mismos los requisitos relativos a la sanción y separación de los asociados para evitar cualquier indefensión a los mismos incluyendo, entre éstos, al miembro del órgano de representación, debiendo existir un régimen disciplinario, a nivel estatutario, para poder imponer la correspondiente sanción como sería la baja de la asociación por incumplimiento económico de un miembro de la Junta Directiva.
Al respecto, le remito en archivo adjunto los estatutos de una asociación donde podrá comprobar en el Título III, relativo al “Régimen Disciplinario”, los requisitos necesarios para imponer una sanción.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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