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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Administrador ONG

¿Debemos repercutir IVA a las facturas que emitimos? ¿Deberíamos acogernos a la exención?

17.10.14

Hola,

Tenemos una duda con respecto al IVA. Queríamos saber exactamente si debemos repercutir IVA en las facturas que emitimos, por ejemplo, por servicios de asesoría. ¿Es una mejor opción acogerse a la exención del IVA mediante el modelo 036 de la Agencia Tributaria? No sabemos exactamente cómo nos afecta la Ley de IVA.

¿Nos podrían orientar?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

04.11.14

La exención en el IVA para las entidades sin fin de lucro está normalmente relacionado con servicios a los propios asociados, sin que pueda operar por la entrega de bienes o prestaciones de servicios prestados a terceros. Los servicios de asesoría llevarán en todo caso IVA, sin que pueda aplicase ninguna exención.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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