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Consultas Online

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Consulta formulada por:

SolucionesONG.org Fundación Hazloposible

¿Deben emitir factura y repercutir el IVA nuestros patrocinadores? ¿debemos nosotros facturar por la aportación dineraria y en especie?

14.06.10

¿Puedes atender esta consulta de una ONG en proceso de constitución?

Vamos a firmar contratos de patrocinio con diversas entidades que incluyen una aportación dineraria y una aportación en especie por parte del patrocinador.

En relación con dicho contrato querríamos saber cómo se sustancia a nivel facturación; si para la aportación en especie los patrocinadores están obligados a emitir una factura a la Fundación y repercutir el IVA y si la Fundación, además de hacer una factura por la aportación dineraria tendría que hacer otra también por la aportación en especie y compensar así la factura del patrocinador.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

14.06.10

En mi opinión todas las facturas deberán repercutir IVA.


La Ley de IVA determina que bienes y servicios están exentos con independencia del tipo de fundacion o asociacion que se facturen.

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

14.06.10

Siempre que el patrocinio se limite a divulgar el nombre del colaborador, sin que haya ningún otro tipo de prestación por parte de la beneficiaria del convenio (la Fundación), la Dirección General de Tributos ha entendido, después de muchas dudas al respecto, que las aportaciones hechas por las distintas empresas gozán de exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido.


Saludos.


Juan González Martín-Palomino.


juan@gonzalezpalomino.com


 

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#3

Muy buena

Aportada por:

Fernando José Zaplana Pérez

Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

14.06.10

las donaciones no llevan IVA si tienen tal consideración, además estan exentas de tributación si las recibe una entidad declarada de utilidad pública.


Una Fundación tiene esa consideración, únicamente debe tramitar el alta en el registro de la AEAT a tal efecto.


Los convenios de colaboración empresarial tampoco llevan IVA en la ley del mecenazgo, siempre que no se trate de contratos por una campaña de publicidad.


www.viaasesores.com

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#4

Respuesta del participante:

SolucionesONG.org Fundación Hazloposible

01.07.10

Gracias!

solucionesong.org
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