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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Debo justificar el pago de esta app en los Estatutos?

07.10.14

Hola,

Estamos creando una asociación sin ánimo de lucro. Ya hemos pagado una app informática antes de hacer la asociación y yo, la que voy a ser Presidente estoy dada de alta en Autónomos y lo he presentado en los papeles de Hacienda. ¿Debo justificarlo en los Estatutos?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

12.10.14

¿Te refieres al pago de app.informática?
Depende de la importancia de la app.informática en relación con el objeto social y el funcionamiento de la asociación.
Por lo general no, bastará con que lo reflejes en la contabilidad.

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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

12.10.14

En relación con la consulta planteada, paso a informarles lo siguiente: en primer lugar, la manifestación positiva del derecho de asociación comprende tanto la facultad de crear asociaciones como la de establecer libremente la propia organización del ente creado por el acto asociativo. Y ello porque la potestad de autoroganización forma parte del contenido esencial del derecho asociación entre otras, SSTC 218/1988, de 22 de noviembre; 185/1993, de 31 de mayo; 96/1994, de 21 de marzo, etc., sin perjuicio, claro está, de que las decisiones adoptadas en el ejercicio de esa potestad estén sometidas al control de los órganos judiciales.
De esta suerte el ejercicio de la potestad autoorganizatoria se concreta en la elaboración y aprobación de los estatutos asociativos, los cuales traen causa del contenido esencial del derecho de asociación, pasando a regir la estructura corporativa que surge de su ejercicio y el funcionamiento de la misma. Su naturaleza normativa es clara, a resultas de lo cual no sería dable insertar en unos estatutos asociativos la justificación del pago de una app informática, puesto que tal como refiere mi compañero Francisco, dicha justificación, de suyo, deberá reflejarse en la contabilidad asociativa.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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