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Consultas Online

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Consulta formulada por:

alonso simon barranco

Después de estos pasos ¿Qué debemos hacer más para finalizar la constitución de la asociación?

16.04.14

Hola,

Llevamos 6 meses desde el inicio, a día de hoy ya tenemos asociación aprobada, incluso modificados los estatutos, CIF definitivo y la exención de IVA en papel, hemos dado para la protección de datos que dijeron un mes que tardan en responder, y también cuenta bancaria y entregamos para la prevención de blanqueo los presupuestos de este año

¿Cuál es el siguiente paso que falta para la parte jurídica fiscal como suelo decir?

A la hora de la actividad sabemos que antes de cobrar ninguna cuota de un cliente tendremos que darla en alta en el IAE y ya con esto contrataremos un seguro de R.C., también sabemos que habrá que presentar el IS pero de forma reducida aunque no vamos a llegar a los 100000 euros de ingresos que se estipula, y las declaraciones de terceros
y otra cosa mas es que va a haber personal contratado para la actividad, tanto de fuera como interna (socios y junta) pero para la actividad nada de por sus cargos, asi hay que presentar IRPF y retenciones de seguridad social.

Con todo esto queríamos saber si nos faltaría algo, todo el tema de hacienda lo vamos a tramitar con una gestora en principio que nos haga anualmente presentación, elaboración de papeles, contratos y demás, con hacienda, seguridad social, oficina de empleo.

También vamos a tener personal voluntario en la asociación, me descargué un modelo para hacer los contratos, y en principio me dijísteis que no hace falta darlos de alta en ningún sitio pero que si tengan su seguro.

En efecto para las personas contratadas tendremos un seguro de accidentes como marca el convenio colectivo del sector en nuestro caso el de Convenio colectivo de enseñanza y formación no reglada.

Por otro lado, ¿Me podríais pasar además un modelo adecuado para el ejercicio de la actividad en Cuenca aunque la asociación esté en madrid

muchas gracias, se que es mucha información, pero agradecería ayuda por si falta algo o veis que algunas cosas mejor hacerlas de otra forma.

Así se en qué tengo que estar pendiente de que la gestoría haga bien todo y me de los papeles, para guardarlos y que esté todo bien, además ellos me dijeron que se encargan de la elaboración del libro de visitas (imagino que es el de empleo).

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

16.04.14

Si pagáis una asesoría, debe ser ésta quien esté pendiente de hacer las cosas bien, es decir de cumplir con las distintas obligaciones que en materia, fiscal, contable y laboral correspondan a la asociación. No debéis ser vosotros quienes estéis pendientes de cumplir esas obligaciones de forma adecuada, pues quien tiene la cualificación es la asesoría.

De igual manera, entiendo que quien mejor puede, y debe, resolver las distintas cuestiones que planteáis es vuestra propia asesoría, que debe conocer con absoluto detalle vuestras circunstancias particulares.

No obstante lo anterior, efectivamente, si tenéis personal contratado tendréis que presentar el modelo 111 y el resumen anual 190, así como lógicamente cumplir con las distintas obligaciones en materia laboral: contratos de trabajo, nóminas y seguros sociales. Con anterioridad a la presentación del modelo 111 y de cualquier otro modelo de Hacienda, por ejemplo, el IVA, habría que comunicar a través del modelo censal 036 la obligación de presentar esos modelos. En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, señalar que si desarrolláis alguna actividad económica, automáticamente surge la obligación de presentar la declaración por este impuesto sin que opere ningún límite de ingresos. También, en el caso de desarrollar alguna actividad económica, debéis analizar si la misma estaría sujeta a IVA, pues la exención de IVA a la que hacéis referencia que habéis obtenido, lo es para cuestiones muy puntuales y normalmente no va a afectar a actividades económicas prestadas a terceros no socios.

Por otro lado, indicar que además de las obligaciones en materia laboral y fiscal, la asociación debe llevar su contabilidad ajustada al plan general contable o a su adaptación al plan contable para entidades sin fin de lucro, siendo conveniente legalizar los libros oficiales de contabilidad al final de cada ejercicio.

Espero que os ayuden estos comentarios.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

alonso simon barranco

17.04.14

gracias en si los libros los llevaria la gestoria tambien

dices que el impuesto de sociedades nos afecta independientemente de que no haya un tope establecido, otra cosa es que tengamos execciones, cuanto suele una asociacion tener que pagar por este impuesto, ya se que es una pregunta muy generica pero aproximadamente para hacernos una idea

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