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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Isabel Mª Rodriguez Bernal

¿Dónde se contabiliza una indemnización de otra empresa?

27.05.10

Buenos días,


Necesitaría saber dónde puedo contabilizar una indemnización que hemos recibido por una empresa de construcción, debido a que al demoler el edificio que estaba al lado de nuestra oficina, causó daños en el despacho.


No se si tendría que contabilizarlo en una cuenta de ingresos excepcionales o si existe alguna específica para este tipo de casos.


Gracias y un saludo

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Bernardo Naranjo Luna

Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org

Trabaja en:

Asesor particular

27.05.10

Estimada Isabel,


Una opción sería contabilizarlos en la 778 Ingresos Excepcionales. Los gastos ocasionados por la reparación irían a la 678 gastos excepcionales.


Aunque quizás lo más correcto sería contabilizarlo en el haber de la 678, minorando dichos gastos ocasionados por la reparación. Y si sobrepasa dicha cantidad, darlo de alta en la cuenta 778. De esta forma no quedarían "inflados" los conceptos "excepcionales" en la cuenta de resultados del ejercicio.


Espero haberte servido de ayuda.


Un saludo cordial,


Bernardo Naranjo


gestion@balendu.org


La respuesta no es vinculante

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#2

Excelente

Aportada por:

Jaume Navarro Laboria

Asesor Económico Contable

Trabaja en:

Asesor particular

27.05.10

Estimada Iabel,


Como apunta el compañero Bernardo yo utilizaría la cuenta 678 para los gastos ocasionados y la 778 para la totalidad de la indemnización recibida, aunque los saldos de las cuentas puedan parecer "inflados". En la Memoria Económica del ejercicio explicaría los motivos que han ocasionado los saldos elevados de estas cuentas.


Saludos cordiales.


Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)

solucionesong.org
Un proyecto de