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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva María Puerta Mena

Dudas sobre las subvenciones dirigidas a equipamiento

20.11.08

Nos gustaría saber si las subvenciones que nos dan para equipamiento se pueden contabilizar dentro de un proyecto. Tengo entendido que este tipo de subvenciones van fuera de proyecto y querría confirmarlo.

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

21.11.08

Estimada Eva:

A mi entender el procedimiento es el siguiente:

Al adquirir el equipamiento, se procede a realizar la correspondiente dotación de inmovilizado. Al tiempo que se lleva el ingreso a “ingresos a distribuir en varios ejercicios”. Posteriormente, a medida que se voy amortizando, voy realizando la imputación del ingreso, de manera que el resultado es neutro.
A efectos de justificación a la financiadora, procedo justificando la compra por el importe total mediante la presentación de la factura.

Un saludo,

Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com

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#2

Muy buena

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

21.11.08

Estimada Eva, efectivamente, tal y como te comenta mi compañero Mariano las subvenciones destinadas a compra de inmovilizado, debe diferirse su imputación a resultados como ingreso. Realmente ya no se llaman “ingresos a distribuir en varios ejercicios” ya que con la aplicación del PGC 2007 hay que llevar inicialmente la subvención a cuentas del subgrupo (13) que irán al pasivo del balance al apartado a) Patrimonio neto, aunque la idea es la misma, llevar la subvención a balance para su imputación diferida como ingreso a la cuenta de resultados.
El criterio para la imputación es siempre compensar el gasto que te supone el destino y compensarlo, de forma que el resultado contable sea nulo , tal y como te indica Mariano.
En caso de activos no corrientes o inmovilizado (lo que denominais equipamiento) se trata de inversiones que finalmente irán a gasto contable a través de la amortización, por lo que cada año en la misma proporción que amorticeis debeis imputar la subvención a resultados (coincidirá el importe de la amortización con el del ingreso de la subvencion si el bien está totalmente subvencionado, si se tratase de bienes parcialmente subvencionados no coincidarán ya que se debe realizar la imputación de la subvención en la misma proporción y no en la misma cuantía).
Un saludo
Enrique

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#3

Muy buena

Aportada por:

Luis Canales Cárdenas

Mag. en AdministraciónConsultor en Cooperación Internacional y Proyectos Planif. Estratégica

Trabaja en:

Asesor particular

21.11.08

Hola Eva,
El proyecto que han elaborado puede contener equipamiento si así se requiere, las suvenciones podrán o no sconsioderar el financiar estos equipos, si?, es por ello que consideraría estas subenciones como una fuente de financiamento (ingresos que pasarán a ser de dienro a bienes al comprarse los equipos) a ser empleados en diversos ejerciocios, pero que deberían consignarse en el momento de hacer efectiva la entrega al beneficiario.
Saludos
Luis Canales
lcanales@viabcp.com

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#4

Muy buena

Aportada por:

Maria Molero

20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.

Trabaja en:

Asesor particular

23.11.08

No soy contable, pero si tengo experiencia en la gestion economica de proyectos. Si te enteiedo bien la pregunta, podrás contabilizar equipamientos en un proyecto- justificacion del gasto- siempre que lo hayas incluido previamente en Presupuesto. El momento de saber si lo puedes incluir o no es al presentarlo, y según establezcan las bases de convocatoria de ayudas especifica. Una vez presentado y aprobado, naturalmente puede incluirse.

Espero haber ayudado

Maria

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#5

Opinión anónima

27.12.08

Estimada Eva María:

Cuando una entidad solicita financiación para un proyecto ha de analizar con detenimiento las bases de la convocatoria en donde, entre otras muchos aspectos, se regula el tipo de gasto subvencionable; dependiendo del financiador es posible o no que entre las partidas subvencionables esté el equipamiento.

En cualquier caso, en caso de duda consulta con un técnico o funcionario de la entidad a la que que quieres solicitar la subvención.

Un cordial saludo.

Las consultas resueltas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.

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#6

Aportada por:

Belmar Velasquez Rodriguez

Asesor en Desarrollo Empresarial, Empendimientos y Gestion de Proyectos Negocios Globales, Gestión de innovación Tecnológica

Trabaja en:

Asesor particular

14.01.09

Eva.

Considro que si deben contabilizarce las subvenciones de equipamiento, esto con el objetivo de registro y desde luego analizar el beneficio costo en la evaluacion ex post del proyecto.

solucionesong.org
Un proyecto de