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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Durante cuánto tiempo hay que conservar las actas de las juntas de socios?

25.06.14

Hola,

Me gustaría saber durante cuánto tiempo es obligatorio conservar las actas de las juntas de socios.

Muchísimas gracias.

Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

25.06.14

Hola,
La entrada en vigor de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, supone una nueva obligación para muchas entidades no lucrativas.

Dicha norma incluye un artículo expresamente dedicado a fundaciones y asociaciones, como entidades típicamente receptoras y emisoras de donaciones, con la indicación de que deben mantener a disposición del Protectorado –en el caso de las fundaciones–, del Registro en el que están inscritas –en el caso de asociaciones declaradas de utilidad pública, dado que es el organismo ante el que rinden cuentas– y, en cualquier caso, ante los organismos administrativos y judiciales competentes, una relación con la identificación de todas las personas que aporten o reciban a título gratuito fondos o recursos de la entidad.

Debe entenderse que las asociaciones no declaradas de utilidad pública, que no están obligadas a depositar sus cuentas en el Registro de asociaciones, conservarán esta relación en previsión de que se la soliciten. La ley menciona un período mínimo de diez años para esta obligación de conservar estos registros.

Por tanto, hay que incluir entre los LIBROS que debe mantener la asociación esta relación, aunque adoptará seguramente forma de archivo informatizado, en un soporte que garantice su conservación y la lectura de los datos durante un período mínimo de diez años.
Un saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
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