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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

El presidente de la asociación daría unos talleres y el dinero recaudado se destinaría a la asociación ¿Habría algún problema con ello?

29.11.13

Hola,

Queremos dar uno talleres desde nuestra asociación, pero es el presidente quien los haría. Tendríamos que cobrar los talleres, muy asequibles, pero el presidente no cobraría nada, el dinero se quedaría para la asociación ¿habría algún problema con eso? ¿Hay alguna incompatibilidad para seguir con la exención de IVA?

¿Qué pasaría si alguna de las actividades no fueran exentas de IVA? Es que tenemos duda de alguna, por lo que nos dicen compañeros de otras asociaciones, y no sabemos si nos multaría o simplemente tendríamos que pagar la parte de impuesto que no hubiéramos pagado.

Un abrazo y gracias por la ayuda.

Alejandro.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

29.11.13

¿Tenéis la exención de IVA?
El hecho de que el presidente no los cobre, es un acto de voluntariado, hasta ahí todo correcto.
Si el importe a cobrar no es muy elevado, los talleres están directamente relacionados con vuestro objeto social y no es una actividad recurrente, lo puedes enfocar como donativos:
El curso es gratuito, dirigido a los socios, o al colectivo sobre el que trabaja la asociación, y lo que los participantes dan es una ayuda para la asociación; tal como se ha planteado la pregunta parece ser así. De esta manera no lleva IVA.
Esto tiene también sus inconvenientes, pues ya hemos dicho que el curso es gratuito y, si alguien no quiere pagar o dar una cantidad diferente, tampoco os podríais negar a admitirle, lo mismo que si alguien os pide un certificado de la donación.

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#2

Opinión anónima

01.12.13

Hola Alejandro, si está enfocado tal y como dice el compañero, sería correcto. Ahora bien, si va a ser algo recurrente y van a ser talleres de formación, con un precio establecido, etc, pues depende de qué tipo de formación si habría que aplicar el IVA. La formación reglada está exenta de IVA. Viene en el artículo 20 de la Ley del Iva.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l37-1992.t2.html#a20
Que estéis exentos de iva no quiere decir que no estéis obligados a facturar con iva en operaciones que puedan entenderse mercantiles, y que no se dirigen a vuestro colectivo.
Saludos

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#3

Opinión anónima

02.12.13

¿Cómo se pide la exención de IVA en Asturias? ¿No va ya de oficio con la aprobación de una asociación cultural?
Pero, el tema del IVA o que la actividad sea recurrente (qué significa exacta y legalmente esto), ¿va ligado con el alta como trabajador, como autónomo, de un contrato?
Saludos y gracias por la ayuda.
Alejandro

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