Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

En conciertos solidarios ¿se podría fijar un donativo base con el que garantizar unos beneficios mínimos para las asociaciones?

27.01.16

Hola,

Soy cantante y me gustaría iniciar una serie de conciertos solidarios en distintos municipios de Andalucía, contando con una o varias asociaciones locales para llevarlos a cabo. Así que se me ocurrió la idea de los conciertos solidarios, en los que, junto a distintas asociaciones locales, me gustaría buscar espacios, públicos o privados, donde poder realizar eventos, en los que las propias asociaciones, a través de voluntarios y asociados en el municipio, le den difusión entre los vecinos de la localidad en cuestión y se encarguen del control de donaciones entre los asistentes.

A cambio, lo único que yo percibiría serían los gastos de músicos y desplazamiento, quedando el resto del dinero recaudado plenamente a disposición de los colectivos.
He estado investigando un poco y he visto que SGAE no cobraría al ser evento solidario. También he averiguado a través de este foro que no se puede pre-establecer un donativo fijo a los asistentes, sino que deben ser cantidades voluntarias que éstos entreguen, ya que de lo contrario equivaldría a efectos legales al pago del importe de una entrada. Sin embargo, tengo un par de dudas:

- En conciertos solidarios ¿se podría fijar un donativo base con el que garantizar unos beneficios mínimos para las asociaciones?

- ¿Cómo se contabilizaría la percepción con la que yo financiaría gastos de desplazamientos y músicos?

Gracias de antemano por su respuesta.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

27.01.16

Hola buenas tardes. Respondo a sus preguntas en el mismo orden:

1º En conciertos solidarios ¿se podría fijar un donativo base con el que garantizar unos beneficios mínimos para las asociaciones?

Si se puede, pero si se obliga a pagar, ya no es donativo, pues el donativo es un acto VOLUNTARIO Y SIN ESPERAR NADA A CAMBIO.

Por tanto si lo hace como dice, no es donativo es venta, y eso tributa. Otra cosa es que muchos lo hacen como usted dice, y como dicen los curas un pecado bien tapado esta medio perdonado, .................

2º ¿Cómo se contabilizaría la percepción con la que yo financiaría gastos de desplazamientos y músicos?
Esta pregunta no está clara. ¿Cómo contabilizaría quién?, las asociaciones o usted ¿
Si son las asociaciones las que le cobran, lo que usted les da seria para ellas un donativo, y ojo, para usted no es gasto a efectos fiscales.

Si es usted el que cobra, para las asociaciones sería un gasto deducible que en función de su régimen fiscal concreto tendría unas repercusiones u otras, ya que no todas las asociaciones tienen el mismo régimen fiscal.
Para usted ese cobro sería un ingreso del que tendría que dar cuentas a Hacienda, y tributara o no, en función del resultado anual de su actividad, y por supuesto deberá para cobrarlo emitir factura y repercutir IVA al 21%.

Saludos.

mas en www.jimenezpuertas.com

avatar
#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

27.01.16

Como continuación a la respuesta anterior, si la cantidad a cobrar solo cubre los gastos, es evidente que no habrá beneficio, por tanto la repercusión solo es contable.

solucionesong.org
Un proyecto de