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Consultas Online

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Consulta formulada por:

¿En el alquiler de un local de una asociación a otra se debe aplicar la retención del 18%?

15.01.09

Si se realiza un alquiler de un local con su equipamiento de una asociación a otra, ¿se deben aplicar retenciones del 18%? Según nuestro asesor se deben practicar. En este caso, ¿como se recupera esa retención?

Muchas gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.09

Estimado Francisco:

Si, se debe realizar la retención. Se recuperará a través del impuesto de sociedades.

Un saludo,

Mariano

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#2

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

19.01.09

Hola Francisco,

Recuerda que para el alquiler teneis que tener en cuenta el iva (16%) además del IRPF 18%

En realidad, al total bruto le sumas el iva y restas las retenciones.

Saludos, Eva.

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#3

Opinión anónima

19.01.09

Efectivamente, deben practicar la retención y lo recuperan en el Impuesto sobre sociedades,
Esta respuesta no es vinculante.

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