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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Silvia Arribas Herrán

En la subvención del IRPF ¿Se puede justificar en los gastos de personal la indemnización por fin de contrato?

09.08.17

Hola,

En la subvención a cargo del IRPF, en los gastos de personal ¿se puede justificar la indemnización por fin de contrato? No lo encuentro en el manual de justificación.

Muchas gracias,
Silvia

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

17.08.17

Buenas tardes.

La indemnizacion por fin de contrato, siempre que no supere los limites establecidos por la normativa legal o de convenio, es un gasto laboral, y por tanto deducible como el resto de los gastos laborales.
Saludos.

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