Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Arturo Castellanos Gonzáles

¿Está dentro de la legalidad utilizar las mismas facturas para justificar más de un proyecto?

21.09.09

En ocasiones los financiadores solicitan únicamente fotocopias compulsadas de las facturas de un proyecto.


Esas facturas están sin estampillar por lo que podrían utilizarse para otro proyecto.


Entiendo que no se debe hacer aunque se pueda, pero en cualquier caso, me gustaría que me facilitaran la referencia a la normativa que contemple este caso.


Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Excelente

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.09

Hola:

No hace falta ir a ninguna ley en concreto, utilizar la misma factura para justificar dos subvenciones diferentes, es decir cobrar dos veces para un unico gasto, es ilegal desde cualquier punto de vista, aparte del sentido común. Podemos hablar del codigo penal, podrí considerarse una estafa, admininstrativo, incumplimiento de bases reguladoras y de Ley General de Subvenciones, Derecho comunitario, Derecho Mercantil, Civil, etc…

Como ves algo verdaderamente del todo ilegal.

Saludos cordiales

avatar
#2

Suficiente

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.09

Hola Angel,

Cierto el comentario realizado por el compañero José Manuel, además estarías duplicando información mercantil.

Quizás en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Saludos, eva

avatar
#3

Opinión anónima

21.09.09

Es totalmente ilegal.
Ningun gasto hecho por en proyecto debe cargarse a otros, pues en cada uno debio haberse presupuestado.

Un pequeño consejo

Actua con transparencia y se multiplicarán los ayudadores.

avatar
#4

Opinión anónima

21.09.09

Hola,
La pregunta no se si esta efectuada por desconocimiento (?) o por una falta total de ética, es incomprensible, bueno no tanto, el otro día hablando con una ONG de Perú, me comentaba que le habian ido a prostestar los indigenas porque la ONG española ….. no les habia dado nada de la subvención concedida, se la habian gastado en …, ináudito.
Estoy de acuerdo con el compañero José Manuel, en todo lo que expresa …........, no slo es ilegal, sino de que sirve la transparencia total en la gestión de un dienro que no es tuyo. Solo le ha faltado decir, en qie va a utilizar el dinero que le sobra por duplicación de facturas.
Ramón Carrillo

avatar
#5

Excelente

Aportada por:

Ángel Castellano González

http://tecnicodeproyectos.com

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.09

Soy Ángel, el que ha formulado la pregunta.
Quería decirle a Ramón Carrillo que me he limitado a pedir una refencia legal. Que ponga en entredicho mi ética me resulta ofensivo. Segundo que se limite a responder, si es que sabe, y que se deje de historietas de ONG de Perú.
A Elmer Murcia, tres cuartas de lo mismo, que se limite a responder y que se guarde sus consejos.
A los demás, gracias, aunque sigo sin tener la referencia legal concreta.
Parece que ninguno de los que ha respondido maneja presupuestos, pues los financiadores otorgan un % para costes indirectos y puede darse el caso de que tus ingresos sobrepasen los gastos.

avatar
#6

Excelente

Aportada por:

Ángel Castellano González

http://tecnicodeproyectos.com

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.09

Añadir que ésta pregunta me la han hecho desde el departamento de administración, que después de intentar responderla revisando la ley y el reglamento de subvenciones no he encontrado referencia al tema. Al hacer la pregunta a los asesores buscaba poder dar una respuesta jurídica a la cuestión, ya que yo no soy jurista. Lamentablemente en vez de asesoría recibo opiniones, consejos y críticas. Dejenme asesorarles a mí: limitense a contestar y sólo abran la boca si lo que van a decir aporta algo.
Gracias a Jose Manuel, con cuya respuesta dí por finalizada la consulta e intenté, si éxito, cerrarla. El dato de Eva también aportó. Gracias igualmente.

avatar
#7

Opinión anónima

21.09.09

Yo también creo que no hay que acusar a nadie de nada cuando las preguntars son formuladas de forma directa, correcta y honesta.
Por mi parte, añadir que lo que si está permitido (si bien soy incapaz de aportar referencias legales, pues no soy jurista) es imputar una parte de una factura a un proyecto y otra parte de la misma factura a otro proyecto, siempre y cuando sea pertinente el gasto en cada proyecto, y sobre todo, cuando la suma de las dos partes no supere el 100% de la factura.
Es una práctica habitual, y necesaria, pues en ocasiones es deficil que el proveedor proporcione dos facturas por el mismo concepto o por otras razones.
Un saludo

avatar
#8

Muy buena

Aportada por:

Luis Canales Cárdenas

Mag. en AdministraciónConsultor en Cooperación Internacional y Proyectos Planif. Estratégica

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.09

Hola a todos,
Comparto la opinión de que no es posible hacer lo que se pide, aunque como sabemos es práctica usual el ir buscado más de un financiador de un Proyectos y si aceptan 2, que hacer? esa creo que es la situación del amigo Ángel.
Pero, lo que pregunta tiene sentido, buscar que 2 entidades le reconozcan un solo gasto?
O sería lógico emitir una factura y pedir que el cliente nos pague 2 veces por el mismo concepto, absurdo, pero para alguno quizás factible.. allá él.
Un Proyecto puede tener más de un financiador sí es posible, pagar con 2 fuentes distintas un mismo gasto, descabellado y desordenado, también es posible (pero mejor si para cada financiador se hace su rendición de cuentas independiente y completa, contador desordenado)
Saludos,

Lucho

avatar
#9

Suficiente

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.09

Hola a todo el mundo !!

Vaya, vaya la que hemos liado, jeje, bueno, imagino que nadie ha pretendido ofender.

Para rizar más el rizo, el compañero Angel incluso tiene razón, puesto que una misma factura si la podemos imputar a varios proyectos o financiadores por la parte proporcional que le corresponda a cada uno, no se si me explico, ejemplo el caso del personal administrativo, si la entidad tiene dos proyectos puede imputar el 50% del importe de la nómina a cada proyecto. Eso si, habrá que indicarlo mediante certificado la cantidad que se imputa a cada uno.

Ahi va eso, saludos y ánimo !!!

Eva.

avatar
#10

Opinión anónima

21.09.09

hola Angel y saludos para el resto de compañeros/as, sinceramente creo hay un mal entendido por todo lo que he leído, y si me permitís ceñirme a la pregunta corta me gustaría dar mi opinión.
claro que está dentro de la legalidad utilizar la misma factura para justificar dos o más proyectos. permitidme que me explique. utilizando un tópico una ong redacta un primer proyecto para el que se necesita un local, ordenadores y el clásico todoterreno con un valor x que demuestra mediante facturas, pongamos que la aportación local son manos, cuatro herramientas y poco más con un valor y. en el segundo proyecto de esa ong y su contraparte, ¿cuales son sus aportaciones al nuevo proyecto?, evidentemente manos con un valor y, un local más un todoterreno más unos ordenadores con un valor x que demostrarán presentando las pertinentes facturas de compra, porque independientemente de porqué y para qué se compraron, la titularidad de esos bienes es de los actores del proyecto y servirán a cuantos proyectos consideren oportunos presentar y les sean aprobados, lo que sería ridículo es, por ejemplo, comprar un nuevo todoterreno con cada nuevo proyecto.
por otra parte, si lo pensais, si no existiese la posibilidad para las ongs y contrapartes de esta valorización o aportación, un % altísimo de proyectos sencillamente y por motivos obvios no se ejecutarían.
por último Ángel, evidentemente no se puede utilizar la misma factura por sí, puesto que lo que se evidenciaría es la adquisición del mismo bien una y otra vez, pero lo que si puedes valorar es la utilización del bien adquirido en su origen para el desarrollo de un proyecto en uno nuevo.
un saludo para todos,
Juan.

avatar
#11

Muy buena

Aportada por:

Raquel Arévalo

Especialista en Gestión de Proyectos

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.09

Estimado Angel
No hace falta una base regulatoria, el sentido común nos dice que NO se puede utilizar un mismo comprobante para distintos proyectos. Se viola fundamentalmente el criterio de transparencia e idoniedad que es fundamento de todo proyecto social, aunque contenga buenas intenciones
saludos
LIc. Raquel Arévalo

avatar
#12

Opinión anónima

22.09.09

el art. 31 párrafo 1º del C. Penal nos dice: “El que
actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en nombre o
representación legal o voluntaria de otro, responderá personalemtne, aunque no concurran en él las
condiciones, cualidades o relaciones que la correspondiente figura de delito o falta requiera para
poder ser sujeto activo del mismo, si tales circunstancias se dan en la entidad o persona en cuyo
nombre o representación obre”. Si la consulta es si hay normativa al efecto de duplicar facturas,, hay jurisprudencia y varios articulos tipificados; infracción de ley (art. 849-1º L.E.Cr.) aplicado el art. 148 y 149 del C.Penal .
DIGO TRIBUTARIO – ARTÍCULO 97 N° 4 INCISOS 2° - CÓDIGO PENAL – ARTÍCULOS 94, 95, 103 - CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL – ARTÍCULOS 109, 510, 526 Y 527.

Pero vamos que estamos ademas en un colectivo donde el sentido comun y el codigo deontologico debe de pesar mas que el codigo tributario.

avatar
#13

Aportada por:

Maria Molero

20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.

Trabaja en:

Asesor particular

22.09.09

Espero aportar alguna cosa más:

En la mayor parte de los casos, cuando se presentan fotocopias de facturas se está exigiendo que el sello del financiador se estampe en el original, justamente para evitar eso que planteas. Esto si se encuentra regulado en una diversidad de Normas de justificación de proyectos de diferentes entidades y también en la ley general de subvenciones. De este modo, las fotocopias deben ser compulsadas, es decir, que llevaran dos sellos: uno fotocopiado, cuyo original figura en el original de la factura, y otro original, que suele ser el que pone el Notario o la entidad habilitada para ello. A veces requieren incluso que este ultimo no sea con tinta negra, para evitar confusiones con una simple fotocopia.

No hacerlo así, entiendo que no es válido juridicamente como comprobante de gasto. me gustaria que alguien lo confirmara, pero entiendo que es así, y si no se exige es por desconocimiento.

Saludos,

Meri


avatar
#14

Opinión anónima

24.09.09

Sin entrar en polemicas porque ni es el lugar ni el marco para hacerlo, le contestare por derecho de replica al Sr. Castellano Gonzalez:
Sin entrar en marcos legales, porque no “a lugar”, ningún tratado de management, es decir “facilities management”, hace mención a que un mismo trabajo sea facturado por dos veces o justificado por partida doble con el mismo perceptor, cuantia y trabajo.
No existe marco administrativo, que contemple que unas imputaciones contables de un proyecto, puedan ser utilizadas para otro.
En definitica, esta pregunta no deberia haber sido publicada, porque me reafirmo, transgrede la ética, la normativa y cualquier otra “regla del bien hacer” en el control de costes de un proyecto (project control de PMI)
Saludos

avatar
#15

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

27.09.09

Antes de nada, hago un llamamiento general al resto de colegas asesores respecto al tono usado para contestar. El hecho de estar en este servicio es servir, por lo que me parece poco honroso Ramón Carrillo de descalificar o decir lo que se puede o no preguntar (el asesor tiene libertad de no contestar aquello en lo que no cree puede aportar algo). Flaco favor por el respeto por el que trabajamos muchos.

Centrándonos en la cuestión. Hay diferentes casuísticas posibles donde en “el protocolo de justificación de un proyecto” un mismo concepto facturado se podría dar sin incurrir en ninguna ilegalidad en facturas facsímile.

Es posible que los compañeros asesores que hacen mención directamente a la ilegalidad no hayan vivido sobre el terreno este tipo de cuestiones, y por eso no contemplen estos matices, no es nada raro. Obviamente los sistemas de control como sellar las facturas son para evitar el fraude fácil, lo que es normal y necesario. No obstante, pueden darse casos en proyectos multilaterales donde algunas facturas sean cofinanciadas por varios entes (como me ha sucedido en diferentes ocasiones en proyectos en América Latina, y como es normal cuando ámbitos diferentes se correlacionan en la ejecución del proyecto bajo un mismo socio local).

Siempre que el porcentaje de asignación esté claro y definido para cada ente financiador, no se incurrirá en ninguna irregularidad, pues una suma de sigue siendo una suma. (Ejemplo: “factura 02329 de la cooperativa xxx, cliente: socio local xxx, concepto: el que sea” Si en el proyecto aprobado, se explicita y diferencia un porcentaje de asignación de gastos como “20% socio local, 20% ongd xxx, 20% fondo provincial xxx, 20% ayuntamiento de xxx, 20% beneficiarios directos”)

Estimado Ángel, recién regreso de una investigación en Perú, y comprendo que la situación del Callao obliga a tener que optimizar al máximo los fondos de los que podáis disponer, por lo que entiendo que quieras comprender y referenciar la base legal que comentas, pero que salvo la referencia legislativa (ley art. 849-1º L.E.Cr. aplicado el art. 148 y 149 del C.Penal), es la base pública de la convocatoria la que explicita las condiciones de la justificación y/o excepciones a la misma. De ahí que el equipo técnico del ente financiador sea quien deba aclararte el tema de la compulsa y/o factura compartida si ese fuese el caso.

No entiendo tanto alboroto, cuando del mismo modo la legalidad de una factura, no garantiza ni la eficiencia, ni la implementación de un proyecto, es un elemento más, en el apartado de la fiscalización. Es evidente lo evidente, que las cuentas deben cuadrar, y eso en ningún momento lo puso en duda el técnico que hizo la consulta.

Un saludo y suerte en vuestro trabajo, Ángel.

Post scriptum: Reitero mi sorpresa por leer descalificaciones como las de algunos “asesores”. Pienso que el administrador del foro de solucionesong debería contactar con dichas personas, para recomendar moderar su tono y deontología se servicio, ya que todo el mundo a repetido tanto esta palabra. Con respeto otro mundo sí es posible.

solucionesong.org
Un proyecto de