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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Habría algún problema si nos hace la web el cónyuge de uno de los miembros de la junta directiva?

10.05.13

Hola,

Queremos montar una asociación sin animo de lucro pero queremos que la página web nos la haga y mantenga una persona que no sería de la junta directiva. También le pagaríamos por el desarrollo de una aplicación que nos ayudase en la gestión de los socios y de la asociación en general. ¿Habría algún problema si esa persona es cónyuge de uno de los miembros de la junta directiva, ya que los demás desconocemos del tema y esta persona se dedica a ello y además es de confianza.
¿Habría algún problema en pagar a esa persona por los servicios que nos preste? ¿Habría algún inconveniente porque fuese cónyuge de un miembro de la junta directiva de la asociación?

La persona de la que os hablamos ya ha empezado a diseñarnos la web y si no le podemos pagar su trabajo…

Es bastante urgente porque no sabemos a quién más acudir.

Muchas gracias

Jose

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

10.05.13

Estimado José:
El comportamiento ético debe ser uno de los principios rectores del funcionamiento de las entidades que formamos parte del tercer sector. Dicho esto, las entidades deben asimismo ajustarse a sus Estatutos, así como al reglamento y otras normas internas, si es que existen.
Supongo que en ninguna de esas normas ni en los Estatutos estará previsto una situación similar, y por lo tanto no estará prohibido que el cónyuge de una persona de la directiva haga un trabajo para la entidad.
Pero deben cuidarse los detalles:
a) yo pediría que hiciese un presupuesto previo
b) acudiría a otros profesionales de la zona para que os presupuenten cuanto costaría hacer la web (no vale eso que señalas de que ‘no sabemos a quién más acudir’, pues hay miles de personas con competencia en estos temas.
Si vosotros a igualdad de precio o condiciones preferis a alguien cercano, que seguramente os prestará un servivio de asistencia en el futuro, pues adelante con vuestra decisión.
Como digo, sin caer en formalismos excesivos, que lo único que hacen es entorpecer la vida de una entidad, tened presente que una de las cosas que nos diferencia a las entidades del tercer sector, además de la falta de ánimo de lucro, es un comportamiento ético y la defensa de los intereses generales.
¿Ánimo con vuestra labor!

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#2

Opinión anónima

10.05.13

Buenos días Xosé María:
Cuando nos referíamos a que “no sabemos a quien más acudir” nos referíamos en cuanto a asesorarnos para constituir la asociación sin animo de lucro. :)
Muchas gracias por tu gran ayuda
Jose

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

13.05.13

En relación con la consulta establecida, paso a informar lo siguiente: desde la perspectiva jurídica, salvo que los estatutos y, en su caso, el reglamento de régimen interno de vuestra entidad asociativa establecieran lo contrario, cabe la posibilidad que nos planteas, en el sentido de que la página web asociativa puede ser realizada bajo la modalidad contractual correspondiente civil, mercantil o laboral, según corresponda, por el cónyuge de uno de los miembros de la Junta Directiva de vuestra entidad.
Sentado lo anterior, ya que las entidades no lucrativas deben de tener un compartimiento ético, no solamente jurídico, coincido plenamente con lo que os traslada mi compañero Xosé María, en el sentido de cuidar los detalles de la contratación de la web asociativa.
Un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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