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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Hay un mínimo de miembros de la junta que deban asistir a las asambleas, ya sean ordinarias o extraordinarias?

25.06.14

Hola,

¿Hay un mínimo de miembros de la junta directiva que estén obligados a asistir a las juntas/asambleas, ya sean éstas ordinarias o extraordinarias?

Muchísimas gracias.

Un saludo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

25.06.14

Hola
La Asamblea es el órgano donde reside la soberanía de la Asociación y está compuesta por todos los socios. Sus características fundamentales son:
Debe reunirse, al menos una vez al año, con carácter ordinario, para aprobar las cuentas del año que termina, y el presupuesto del año que empieza.
Para la modificación de estatutos y todo aquello que se prevea en ellos, la convocatoria será con carácter extraordinario.
El quórum necesario para la constitución de la Asamblea y la forma de adopción de acuerdos se fijará por los propios socios en los estatutos. En el caso de no regularse en estatutos, la ley de asociaciones establece que:
El quórum necesario será de un tercio de los asociados
Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos, disposición o enajenación de bienes y remuneración de los miembros del órgano de representación.
El funcionamiento de una asociación debe ser democrático. Esto se traduce, en un funcionamiento asambleario, aunque con multitud de características distintivas en diferentes asociaciones, determinadas en parte por el tamaño de su asamblea de socios, el tipo de personas que la forman, los fines de la entidad…
un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Aportada por:

Elena Carrasco García

Trabaja en:

Asesor particular

25.06.14

Hola, además de lo apuntado en la respuesta anterior, según mi opinión, no hay obligación de asistencia de un mínimo de este órgano de la Asociación, sí es preciso un quórum para que quede válidamente constituida la Asamblea General de Asociados, ordinaria o extraordinaria. Habrá primero que estar de todas formas a lo que establezcan los Estatutos por si para determinados asuntos exigen un quórum específico y más elevado que lo que indica la normativa de aplicación.

Un saludo,

solucionesong.org
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