Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Conchita Bonome González

Información sobre la deducción por formación a los empleados de las asociaciones sin ánimo de lucro

11.05.09

Somos una asociación sin ánimo de lucro de reciente creación, no declarada de utilidad pública, y deseamos dar formación a los empleados, que luego podamos deducirnos de la seguridad social. Y nos surgen las siguientes dudas:


1.-¿Los cursos tienen que ser realizados con determinadas empresas de formación o no es preciso?


2.-Esta asociación se acaba de constituir hace un mes creando tres empleos.¿tendría derecho a alguna bonificación si a sus empleados les paga algún curso o no?. ¿Podría saberse, en caso afirmativo, cuánta es la bonificación?.


3.-¿Una vez pagado el curso ya se puede hacer la deducción en la seguridad social?


4.-Había entendido que esta bonificación repercute positivamente en el pago del impuesto sobre sociedades. No se si es así o no.


Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

02.06.09

Hola Conchita,

Me consta que existe lo que comentas, pero …

Creo que en www.euroinnova.es hay formación bonificada para empresas que formen a sus trabajadores, o al menos hasta hace unos 3 meses existía esta posibilidad.

Saludos;

Eva

avatar
#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

04.06.09

Estimado Conchita: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: la misma versa sobre una entidad privada sin ánimo de lucro de reciente creación, sin la declaración de utilidad pública, deseando dar formación a los empleados, lo cual, posteriormente, conllevaría poder deducir dicha formación de la cuotas de la Seguridad social, surgiendo una serie de cuestiones al respecto, a saber:
-La primera, referente a si los cursos tienen que ser realizados con determinados empresas de formación o no es preciso ello, debo de referirte que la Xunta de Galicia posee una red de centros cualificados de formación profesional ocupacional distribuidos por Galicia. Además de dichos centros propios de la Xunta, también puede impartir cursos de formación profesional los centros homologados incluidos en el Censo de centros colaboradores y aquellas empresas que presenten proyectos formativos con compromiso de contratación, entendiendo que vuestra entidad no estando dentro de estos centros mencionados tu entidad.
No obstante, podrías dirigirte a la Dirección Xeral de Formación y Ocupación, sita en Rúa San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña). Teléfono: 981.544.681, para una información concisa y detallada sobre la exigencia legal de que los cursos de formación profesional ocupacional para empleados deban ser realizados a través de los centros referenciados anteriormente y, en su caso, si pudiera existir alguna excepcionalidad donde pudiera contemplarse a Terra das mariñas.
Por su parte, respecto al derecho a bonificación de cuotas a la Seguridad Social que pueda tener Terra das mariñas. Asociación Grupo de acción local, en el supuesto de pago de cursos de formación profesional ocupacional, el Real Decreto 395/2007, de 23 de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y demás disposiciones concordante en la materia, alude solamente a empresas para acogerse a un porcentaje de bonificación, no a entidades privadas sin ánimo de lucro, lo cual impediría efectuar a la cantidad ingresada por vuestra entidad en concepto de formación profesional durante el 2009 el porcentaje de bonificación respectivo, así como su posterior repercusion en el Impuesto sobre Sociedades, impuesto que grava los beneficios de las entidades jurídicas, es decir, no sólo a las empresas de todo tipo, sino también a Asociaciones y Fundaciones.
No obstante lo dispuesto, para una total certeza jurídica, elevaría en tu caso consulta al Servicio Público de Empleo Estatal, al no estar traspasadas las competencias en materia de políticas activo de empleo a la Xunta de Galicia, sobre dicho particular. La dirección es la siguiente:
Dirección Provincial de A Coruña: Avda. Ejercito, 12-14, Planta 2.
15006 - A CORUÑA. En su defecto, podrías contactar con la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, cuya sede central esta en c/ Arturo Soria, 126 - 128. 28043 Madrid
Tel. Centralita: 91 300 94 00
Quedando a tu entera disposición para cualquier duda sobre esta consulta, recibes un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

solucionesong.org
Un proyecto de