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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Dolores López Castellano

¿La diferencia que existe entre el debe y el haber en la cuenta 476 debe llevarse a la cuenta 642? ¿Cuándo se contabiliza?

12.06.07

Tenemos contratada una asesoría que nos hace las nóminas, los seguros sociales y los impuestos, pero la contabilidad la llevamos desde nuestra entidad y mensualmente se hace el asiento de nóminas en las cuentas 640, 642, 475, 476 y 572.

Al mes siguiente cuando la asesoría hace la gestión del pago a la Seguridad Social, ocurre a veces que hay diferencia de céntimos, quizás por el redondeo… ¿dónde tenemos que llevar esta diferencia y en qué momento? ¿se puede hacer al final de año? ¿puede usarse la cuenta 678 o se debe poner en la 642?

Muchas gracias y un saludo.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

13.06.07

Hola Maria Dolores,
En principio os deberian coincidir las cantidades de la seguridad social, aunque algunos meses es cierto que no coincide.
Yo te recomiendo que esperes a final de año para ver si pudiese cuadrar y sino, pues lo llevaria a la 678 por que en realidad se trata de una pérdida o gasto que no se espera que ocurra con frecuencia.
Un abrazo, Eva

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#2

Opinión anónima

14.06.07

Hola, María Dolores
Yo los llevaría a una 659 (Otras pérdidas en gestión corriente), primero porque esos descuadres con la Seg. Social a mí me ocurren cada mes (dos céntimos arriba, tres abajo…), es decir, que no es nada extraordinario; y segundo porque no son gastos de cuantía significativa en absoluto (como indica la 678).
En cualquier caso, lo haría también a fin de año, por si mes a mes se van compensando las diferencias.
En cualquier caso, pienso que por ser un importe tan bajito no tiene excesiva importancia respecto al total de gastos anuales…
Espero haberte aclarado algo, un saludo.

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#3

Muy buena

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

14.06.07

Estimada María Dolores, por lo visto cada uno tenemos un criterio, ya que para mi al ser dentro del ejercicio lo llevo a la cuenta 642 como un mayor gasto de seguridad social.

Un saludo,

solucionesong.org
Un proyecto de