Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Manuel García

¿Las ONG estamos exentas de IBI?

25.03.15

Hola,

Queríamos saber si siendo una ONG estamos exentos del I.B.I pues si bien nos decian que solo se exime al culto católico, ahora estamos exentas tambien las demás y es que el Ayuntamiento nos sigue cobrando el mismo.

Muchas Gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Rogelio Sánchez Molero

Abogado experto en fundaciones

Trabaja en:

Asesor particular

26.03.15

Estimado Manuel.
La exención de IBI se puede solicitar por aquellas entidades sin fines lucrativos que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo.
Es una exención que no opera automáticamente, sino que hay que solicitarla. Y, reitero, no todas las ONG pueden gozar de ella, sólo las que cumplan los requerimientos de la Ley 49/2002.
Saludos

avatar
#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

26.03.15

Tal como señala el compañero sólo sería posible en el caso que la entidad estuviera acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, por ser fundación o asociación declarada de utilidad pública o inscrita en el registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
Un proyecto de