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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Los miembros de la junta tienen acceso ilimitado a la base de socios pacientes?

04.03.15

Hola,

Le escribo desde una entidad de pacientes. Quería hacer una pregunta sobre el acceso a la base de datos de socios por parte de los miembros de la Junta Directiva ¿tienen acceso ilimitado o tienen alguna limitación? ¿pueden hacer una copia de la base de datos, con la identificacion de los socios y el diagnostico de salud?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

04.03.15

Ciertamente los miembros de la Junta Directiva en principio no tienen acceso a la base de datos de socios, ni limitado ni ilimitado, y tampoco pueden hacer ninguna copia de la base según la Ley Orgánica 15/1999, De 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal aunque en algunas circunstancias prevea algunas excepciones y autorizaciones.

No es posible comentar aquí las 37 páginas de esta ley, que pueden encontrar en http://www.ua.es/es/normativa/datospersonales/pdfs/Ley15_99.pdf.

Es recomendable que los miembros de la Junta Directiva lean detenidamente el texto de esta ley (especialmente el artículo 7 sobre datos especialmente protegidos) ya que la utilización ilegal de datos sobre identificación de los socios y diagnósticos de salud podría ser calificada como falta muy grave, con sanciones entre 300.001 a 600.000 €. Las sanciones leves van de 900 a 40.000 €, y las graves de 40.001 a 300.000 €.

Confiando les sea de utilidad,

JMT

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#2

Opinión anónima

04.03.15

Creo que se debería diferenciar claramente entre los datos que corresponde a los socios de los datos relativos a cuestiones de salud. Con respecto a los primeros se deberá proceder conforme marca la Ley de Protección de Datos, mientras que para los datos sanitarios debe tenerse en cuenta, además de la anterior, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Los miembros de la Junta en su condición de tales no deben tener acceso en ningún caso a los datos de caracter sanitario de los socios.

Un saludo
MJP

solucionesong.org
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