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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Eseverri Mayer

Necesitamos información sobre el seguro de voluntarios

18.10.07

Tenemos voluntarios participando en nuestros programas y queremos hacerles un seguro, ¿qué tipo de seguro es obligatorio? ¿Cómo se les asegura? ¿Existen compañías de seguros específicas para ello?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

18.10.07

El artículo 6º, apartado d/ de la Ley Española 6/1996 del 15 de enero del voluntariado (BOE. núm. 15 de 17/01/97) reconoce el derecho del voluntariado a que la organización en la que trabaja le ofrezca un seguro de accidentes y responsabilidad civil.

La adhesión, por medio de un impreso sencillo, a un seguro integrado por dos pólizas contratadas por la Fundación Pere Tarrés: una de accidentes y otra de responsabilidad civil.

El seguro cubre: Indemnización por invalidez permanente hasta 15.000 €.
Indemnización por muerte por accidente hasta 7.500 €.
Asistencia sanitaria por accidente 900 €.
Responsabilidad civil hasta un límite máximo de 1.500.000 € por siniestro y 3.000.000 € por anualidad del seguro para el conjunto de los voluntarios adheridos a la póliza. La cobertura máxima por daños corporales y siniestro por víctima individual es de 180.000 € . Éstos son también los límites para responder las fianzas civiles que se obliga a depositar en todo siniestro por daños a cultivos y vegetaciones, la franquicia es de 150,25 €. Franquicia general: 30,05 € por siniestro.

Para adherir vuestra entidad o grupo de voluntariado os podéis poner en contacto personalmente o bien por teléfono con la Fundación Pere Tarrés.
Debéis recordar: Facilitar los datos del responsable y de la entidad, así como el número de voluntarios que colaboran y la actividad que habitualmente realizan.
Facilitar un listado con el nombre y los apellidos de los voluntarios y las voluntarias.
Abonar la prima correspondiente.
Recordad que el número mínimo de personas a asegurar, para los nuevos seguros y ampliaciones, no puede ser inferior a 5.

Estos trámites se pueden realizar: por correo o a través de los siguientes formularios:
Póliza Anual
Ampliación Póliza Anual
Renovación Póliza Anual

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#2

Aportada por:

Jesús Ulloa Boyano

Economista experto en seguros

Trabaja en:

Asesor particular

18.10.07

Estimada Ana:

En primer lugar me gustaría hacerte una puntualización respecto a la LEY 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado:

Artículo 6. Derechos del voluntario.
Los voluntarios tienen los siguientes derechos:

d) Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.

Artículo 8. De las organizaciones.

2.- Dichas organizaciones deberán, en todo caso:

b) Acreditar la suscripción de una póliza de seguro, adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por los voluntarios, que les cubra de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.

Artículo 10. Responsabilidad contractual frente a terceros.

Las organizaciones responderán frente a terceros por los daños y perjuicios causados por los voluntarios que participen en sus programas, como consecuencia de la realización de actuaciones de voluntariado.

De este extracto del texto de la Ley, se desprende que tan sólo es obligatorio tener un seguro de accidentes que cubra a los voluntarios de tu organización, eso si, sabiendo que la organización es responsable civil de los daños que causen a terceros estos voluntarios, por lo que el seguro de Responsabilidad Civil es cuando menos recomendable. Se que en alguna Comunidad Autónoma se obliga a suscribir el seguro de Responsabilidad Civil.

Una vez hecha esta puntualización decirte que en el mercado existen varios productos específicos para voluntarios:

 El producto distribuido a través de la Fundación Pere Tarres, es tal y como te indica nuestro amigo Jesús, tan sólo decirte que cuesta 4€ por voluntario y año y que a mi juicio tienes que saber que la cobertura otorgada por este producto es común para todos los voluntarios adheridos a la póliza, esto quiere decir que aunque es cierto que los límites son altos y creo que suficientes, nunca sabrás si es así o no hasta que no tengas que hacer uso de la póliza pues se desconoce cuantos voluntarios cubre, cuantos siniestros se han declarado y cuanto de esa cobertura común se ha utilizado.

 Segurval junto con MAPFRE tiene un producto de características similares al anterior y a un precio por encima de los 12€ por voluntario y año con un mínimo de 10 voluntarios.

PREVIGALIA comercializa un producto especifico para voluntarios que se diferencia de los demás en que cada organización tiene su propia cobertura de Responsabilidad Civil con los beneficios que ha mi juicio conlleva, el precio es superior al de la póliza de Pere Tarres y es 9,50€ por voluntario y año.

Espero que sea de ayuda y elijas el que más se ajuste con las características de tu organización

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#3

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

22.10.07

Para adherir vuestra entidad o grupo de voluntariado a un seguro os podéis poner en contacto personalmente o bien por teléfono con la Fundación Pere Tarrés.

Fundació Pere Tarrés
Servei Colònies de Vacances
C. Numància 149-151, 08029-Barcelona
Telèfon 93 430 16 06
Fax 93 419 62 68
scv@peretarres.org

http://www.peretarres.org/seguros/voluntariado.html

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#4

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

22.10.07

Hace un par de meses, en la revista Consumer, analizaron el seguro en caso del voluntariado.

Por ser de reciente redacción, y por su claridad, te recomiendo consultes dicho texto:
http://www.consumer.es/web/es/solidaridad/derechos_humanos/2007/06/21/163986.php

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