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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Charo Marcos

No tenemos extractos sellados del banco al usar banca online y por ello nos obligan a devolver una subvención, ¿qué hacer?

26.09.15

Hola,

En una justificación de una subvención del Ministerio de Sanidad, en concreto la del IRPF 2012, nos exigen devolver 6000 euros porque no admiten como justificantes de pago de la seguridad social y hacienda el extracto sellado por el banco con los distintos apuntes individualizados al haberse obtenido por internet.

Lo hemos hecho así porque el banco no nos envía extracto al domicilio al operar por banca online. Se da la circunstancia de que sí nos han admitido de esta manera el pago de las nominas. El manual de justificación señala que no admite este tipo de documentos (los obtenidos por internet aún con sello de la entidad). Imaginamos que no somos la única entidad a quien le está ocurriendo esto.

Vamos a interponer recurso de reposición ante la Secretaría de Estado pero no sé que podríamos aportar para que se escuche nuestra reclamación: ¿Una diligencia notarial de que el adeudo original se obtiene desde internet o que se esta solicitando en la sucursal ayudaría en algo? Es mucho dinero y una cosa así pone en riesgo la continuidad de las actividades.

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Javier Claver Martín

Consultor con vocación social

Trabaja en:

Asesor particular

28.09.15

Hola Charo,
por lo que comentas la verdad parece que van a “pillar” a las entidades con cualquier argumento.

De cara al recurso de reposición quizá una línea a seguir es que puedas aportar pruebas de que otros Ministerios si admiten los certificados de movimientos sacados de internet y posteriormente sellados por el banco (Yo recuerdo que en la justificación de los planes Avanza del Ministerio de Industría era así). Entiendo que el valor probatorio de los documentos debe ser el mismo en toda la Administración del estado.

Además este incumplimiento entiendo os lo debían haber solicitado previamente vía un requerimiento de subsanación o un trámite de audiencia ¿no lo hicieron?, si es así creo que también debéis indicarlo en el recurso

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#2

Aportada por:

Francisco Rodríguez

Asesor de gestión, Fundraising y economia social

Trabaja en:

Asesor particular

28.09.15

Buenas tardes,
Ya desde hace 3 años que las subvenciones del IRPF, sobretodo de Sanidad, se están revisando y pidiendo la devolución con normas obsoletas y absurdas como esta, o como la devolución de billetes de líneas aéreas low cost que antes no tenían sede en España.
Hay una manera de evitar la devolución, es ir al banco con el extracto que tengáis y con los apuntes que os los sellen todos (cada punte,no el extracto) el banco, (la copia sellada por el banco, si que es válida al 100%) y volver a poner vosotros el sello donde se especifica el proyecto y partida.
Yo ya lo he realizado así varias y me lo han aceptado. No obstante, hablar con vuestro técnico asignado para dicha subvención y se lo comentáis.

Espero haberos ayudado
si necesitáis más información podéis contactar cuando os vaya bien

Francisco Rodriguez
fr.synapsis@gmail.com
telf. 686964869

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#3

Respuesta del participante:

Charo Marcos

28.09.15

Muchas gracias a los dos. Sí que nos hicieron un requerimiento con un tramite de alegaciones y lo que hicimos fue sacar movimiento a movimiento, el detalle del pago telematico de la seguridad social, y fuimos con él a la entidad bancaria que nos puso un sello en cada uno y despues hicimos el estampillado. Aun así han resuelto ahora que es un documento obtenido por internet y que no vale de esa manera, porque ademas en el manual de justificación dicen que eso no es válido. Encima mencionan varias sentencias de la audiencia nacional en las que dan la razon al ministerio señalando que hay que seguir lo que se dice en el manual de instrucciones de justificacion. Al parecer todo ello es porque dicen así asegurarse de que no se imputa a otras subvenciones la misma partida. No se entiende.

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#4

Aportada por:

Mario Jordá Vidal

Especialistas en gestión de ONL - www.confedonbosco.org

Trabaja en:

Asesor particular

29.09.15

Hola Charo:

Efectivamente no es algo que sólo os pase a vosotros, aunque en las instrucciones de justificación del IRPF viene muy claramente expresado. Esto no deja de ser un exceso de celo por parte del Ministerio, pero como ellos mismos te han dicho, hay ya varias sentencias que les dan la razón, así que vuestro recurso no tiene pinta de prosperar.

El tema es sencillo de entender: no es que el Ministerio no acepte el justificante de internet como demostrativo del pago… ellos se fían de que lo habéis pagado. El problema es que NO SE FÍAN de que no hayáis utilizado ese justificante (el original u otra copia) para justificar otra subvención. Por eso la solución que te ofrece Francisco no va a servir en este caso.

Desde el Consejo Estatal de ONG de Acción Social y desde muchas entidades particulares se sigue presionando al Ministerio para que acepten otras fórmulas, como declaraciones juradas. Pero esto tiene más que ver con la Intervención que con el propio Ministerio.

En este caso, como en tantos otros, la unidad del Sector y la presión que juntos podemos hacer, es lo único que nos puede ayudar a revocar decisiones tan lamentables como esta.

Tenemos mucho trabajo por delante para demostrar a las Administraciones que nosotros queremos actuar con transparencia y diligencia, pero que no aceptamos ser considerados sospechosos de antemano.

Suerte

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#5

Aportada por:

Jose Jesus Rendo Thomas

Responsable de Contabilidad y Administrador de sistemas en la Asociacion

Trabaja en:

Asesor particular

29.09.15

Buenas Charo

Yo creo que todas las asociaciones nos encontramos en la misma tesitura, nosotros hemos hablado con diferentes entidades bancarias y no entienden la postura de los ministerios y consejerías, máxime en los tiempos que corren. En las entidades bancarias nos intentaron argumentar con un ejemplo muy claro… Cuando llevas una factura a descontar a un banco… quien les dice a ellos que no vas descontar dicha factura a otra entidad bancaria.
Con estas acciones están presuponiendo ya un delito por nuestra parte y a la vez volviendo cada vez mas rigida y retrograda a la administración.
Habría que realizar algún tipo de presión en conjunto con las entidades bancarias de cara a solventar esta situación, ya que no me parece de recibo que en el siglo XXI estamos aun con los sellos, que será los próximo, ¿enviar las justificaciones en sobres con lacre?.
No estaría de mas que desde aquí, hiciéramos una plataforma conjunta de denuncia y dialogo

Un saludo

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#6

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

29.09.15

Hola,
Esta consulta evidencia que aún estando en el siglo XXI hay funcionarios y normas del siglo XIX.

Apenas puedo añadir que lo ideal sería presentar de un modo sistemático y organizado todas evidencias de entidades ante casuísticas similares que sí han aceptado ese tipo de justificantes y por agravio comparativo expedir una reclamación como Miquel Claver recomienda.

Hasta que no exista una administración diferente, un gobierno abierto y transparente es muy probable que muchos problemas de este tipo no tengan visos de solucionarse. Los argumentos basados en normativas desfasadas son claro síntomas del atraso institucional y de determinados funcionarios y técnicos, que no ven más allá de rígidas interpretaciones y nula experiencia en el tercer sector.

Esperamos que puedas solucionar este problema y que nos informes si podemos ayudarte de otro modo.

Un abrazo y ánimo,
Marc Masmiquel
@marcmasmiquel

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#7

Opinión anónima

29.09.15

Hola,

Se me ocurre como idea que recurráis a un Notario. El caso es que podríais pedirle al Notario que acceda a vuestra cuenta corriente y puntee él mismo los movimientos indicando a dónde han ido las transferencias, etc…

Con ello el Notario dará fe de los movimientos y ello debería ser indiscutible.

Saludos

solucionesong.org
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