Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Podemos encontrarnos con problemas en la declaración si no hemos declarado IVA ni justificado el dinero de las actividades?

21.10.14

Hola,

Somos una asociación sin ánimo de lucro que llevamos activa varios años, pero este año hemos dado de alta a personas para la realización de un proyecto colaborador con una administración. Dimos la entidad de alta, y todos los trabajadores han sido dados de alta también en la seguridad social; hemos gestionado todo a través de asesoría.

Ahora presentamos la declaración de la renta, que nunca antes lo habíamos hecho. Estamos preocupados por desconocimiento, porque nosotros durante todo el año emitimos facturas por la realización de actividades dentro de nuestro objeto de actuación con la exención de IVA correspondiente que tenemos, nuestra pregunta es si nos vamos a encontrar con muchas irregularidades o sanciones en la presentación de esas facturas por no haber declarado el IVA; y también porque nunca hemos justificado el dinero que entraba en la entidad de dichas actividades, es decir, cuando hemos necesitado gastos de la entidad se ha cogido (nunca hemos recibido ninguna subvención, el dinero es de actividades a otras entidades, administraciones o empresas).

Os agradecería muchísimo vuestra ayuda porque tenemos un total desconocimiento del tema, y hasta ahora nunca hemos tenido ningún problema al presentar las facturas, pero estamos muy perdidos y queremos hacer las cosas bien.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

21.10.14

Hola.
Las asociaciones han de disponer de una relación actualizada de sus asociados, *llevar una contabilidad que permita obtener la imagen fiel de su patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad, así como las actividades realizadas, efectuar un inventario de sus bienes y recoger en un libro las actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y representación.
Las cuentas anuales de la asociación se aprobarán anualmente por la Asamblea General.*

De lo anterior y de vuestro comentario se deduce que no haceis nada ó casi nada de las obligaciones formales que os impone la Ley, y eso puede acarrear problemas presentes ó futuros, por lo que lo mas convenientes si teneis un volumen por encima de los 100.000 euros anuales, es que os busqueis un asesor de vuestra confianza, que se encargue de estas cuestiones, pues su incumplimiento le puede ocasionar muchos probelmas a la asociacion y a los que la dirigiis que sois responsables solidarios de todo lo que ocurre en la Asociacion.

Saludos

solucionesong.org
Un proyecto de