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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Afamijas asociación

¿Podemos ofrecer servicio de comidas a través de un catering siendo asociación? ¿Que normativa lo regula?

08.04.16

Hola,

Somos una asociación de Alzheimer y otras demencias ubicada en Andalucía, estamos tramitando la documentación para convertirnos en centro de día, pero actualmente trabajamos con programas como asociación, ¿podemos ofrecer servicio de comidas a través de un catering siendo asociación? ¿Qué normativa regula esto? Si es que si, ¿dónde podemos mirar los requisitos o autorizaciones para poder ofrecer este servicio?

Muchas gracias

Saludos

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

10.04.16

Hola,
Una asociación puede realizar cualquier actividad económica y tendrá que hacer prácticamente los mismos trámites y cumplir las mismas obligaciones (laborales, fiscales, mercantiles, contables) que si decides realizar esa misma actividad bajo cualquier otra forma jurídica (cooperativa, sociedad, profesional autónomo, Asociación, Fundación…). Luego entraríamos en los matices; por ejemplo, al ser sin fines lucrativos aplicarías el Plan General de Contabilidad adaptado a dicho Sector, si sois declarados de utilidad pública o Fundación, habría que mirar los límites establecidos en la Ley 49/2002 (beneficios fiscales) en cuanto al origen y aplicación de los recursos; etc. etc.
Espero haberte despejado las dudas.
Salvador
puche29consultoria

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#2

Respuesta del participante:

Afamijas asociación

11.04.16

Muchas gracias Salvador,
Entonces entendemos que como asociación podemos prestar este servicio pero supongo que necesitaremos algún tipo de autorización de salud para ello, no se si manipulador de alimentos o algun certificado sanitario, la cuestión es que no encontramos ni la normativa que lo regula ni nos saben decir en la Junta de Andalucia que departamento lleva esas autorizaciones. Tu sabrias decirnos que requisitos son necesarios?
Gracias denuevo

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#3

Opinión anónima

11.04.16

Hola,
Tendríamos que ver exactamente qué actividad vais a realizar: Catering puede ir desde elaborar la comida, pasando por su distribución, hasta servirla. Tanto para la elaboración (además de los requistios que debe cumplir el local-homologar las instalaciones, salidas de humos….-) como para el transporte, es necesaria una autorización sanitaria, pregunta en la Consejería de Sanidad de la JUnta de Andalucia y en el Ayuntamiento, las competencias estan repartidas .

Y, por supuesto, en restauración, es facil que os pidan el Certificado de Manipulador de Alimento, además de otros en función de la actividad exacta.
Gracias
Salvador

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#4

Respuesta del participante:

Afamijas asociación

11.04.16

Muchas gracias denuevo Salvador,
Pretendemos dar solo el servicio de comidas pero a traves de catering, por lo que no se elaboraria la comida en el centro, solo seria servirla, de todos modos a ver si conseguimos informarnos de que departamento lleva esto en Salud.
Muchas gracias

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