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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Gabriel Lozano García

Problemas con la renovación de los titulares de las cuentas bancarias de una asociación

13.02.09

Una asociación no tiene acceso a sus cuentas bancarias porque las personas autorizadas están desaparecidas. ¿Cómo puede esta asociación autorizar a otras personas, si la entidad bancaria exige la presencia de esas personas desaparecidas?

Gracias por vuestra atención.

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Respuestas

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#1

Suficiente

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.09

Hola:

No le veo gran complejidad, lo que tiene que hacer vuestro organo de gobierno (Junta Rectora o similar) nombrar unas personas con poderes para actuar en los bancos y revocar los poderes de las personas desaparecidas, con la escritura de apoderamiento y revocación correspondiente el banco ya tiene que dar acceso a las cuentas a los nuevos apoderados

Saludos cordiales

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#2

Muy buena

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.09

Todo depende si pusisteis o no a la asociación como titular, ya que como a veces, las personas autorizadas por la Asociación se distancian de la misma, y no es posible contactar con ellas para renovarlas, si el titular de la Cuenta es la Asociación, el problema se resuelve fácilmente.
En ese caso, no hay duda de que es la organización quien nombra a los autorizados, y, por tanto, también tendrá capacidad para revocar esas autorizaciones. Si es así, bastará con presentar una autorización de libre disposición de los fondos mediante una instancia adecuada (procurad llevar, además, una copia para que os la sellen y fechen), los DNIs de las personas autorizadas, acta de composición de la Junta Directiva, los estatutos y la tarjeta del NIF de la asociación.

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#3

Muy buena

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.09

CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS DE LA ASOCIACIÓN ….................................................


Como Secretario de la Asociación …............................
Inscrita en el reg. de Asociaciones : .../.../..../...
CIF: ......................
Dirección ….......................

CERTIFICO

Que el Tesorero para el cumplimiento de sus funciones está autorizado por la Asamblea General de Socios del …. , para la total disposición hasta la cancelación de la libreta. Igualmente se autoriza a otras … personas, designadas por éste, a disponer de fondos en régimen de titularidad …[1].

Que el actual Tesorero es D. .................... (DNI y Dirección), y las personas designadas por él son (Nombre, DNI y Dirección).

Que la presente certificación se extiende para cumplimiento a lo dispuesto en las Condiciones Generales de la Libreta de Ahorro y para cubrir los posibles vacíos estatutarios de la Asociación al respecto.

Y que adjunto duplicado del Acta de elección y composición de la vigente Junta Directiva, por la Asamblea general de Socios del … .
En …................., a … de …................. de 199….

firma y sello EL SECRETARIO
firma Vº Bº, EL PRESIDENTE

A la att. del Director de la Oficina de (nombre de la entidad bancaria) de (lugar)


[1] Puede ser Indistinta, Mancomunada…

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#4

Suficiente

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.09

Comparto la opinión de José Manuel, que vuestros organos de gobierno nombre nuevos apoderados, eleveis a públcico el acuerdo y lo presentéis en el banco para ser bastanteados los poderes y de esa forma tener acceso a las cuentas. Así como, en los mismsos poderes, revocar la autorización a los firmantes desaparecidos

Un saludo,

Mariano Romero

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#5

Muy buena

Aportada por:

José Antonio García González

Economista especializado en Gestión de Asociaciones

Trabaja en:

Asesor particular

17.02.09

Supongo que teneis que estar inscritos en el Registro de Asociaciones de vuestra provincia. En este registro debeis comunicar el cambio de junta directiva, y posteriormente, debeis pedir que os den un certificado donde figure la composición de la junta directiva. De esta manera ya teneis un documento ofiicial que certifica quienes son los miembros de la junta directiva con poder para actuar en el banco.
En general os servirá para cualquier tipo de gestión en el que os pidan que acrediteis la representatividad de la junta directiva.
A veces con un documento interno certificando esa representatividad no es suficiente.
Un saludo.

solucionesong.org
Un proyecto de