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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marian Barnes Vazquez

¿Qué debemos hacer y espererar de la Tesorería si nos hemos retrasado en el pago de un TC2?

05.09.11

Nos hemos retrasado 5 dias en el pago del TC2 a la Seguridad Social. Es la primera vez que nos ocurre, y al no encontrar como subsanar esto a través del Red Directo, he preguntado en la Tesoreria de la Seguridad Social.

Me han dicho que esto tiene un recargo y además que se pierde la bonificación que obtenemos por el trabajador, la correspondiente al mes de julio. Nos han dicho que ya no se podía pagar a través del banco. Pero el banco me ha dicho que sí, que es admitido esto por la Seguridad Social, y asi lo he hecho, para no retrasar más el pago.

Segun el banco recibiremos notificación del recargo más adelante, pero por el momento hemos evitado que pasen mas días.

¿Podríamos evitar o recurrir de algun modo, segun la ley, el que nos descuenten la bonificación del trabajador del mes de Julio?

¿Debemos de esperar ahora a que ellos nos contacten, una vez que ya hemos pagado esta cuota atrasada a través del banco?

Entre la Tesoreria y el banco no se han puesto de acuerdo y deseamos saber como actuar correctamente.

Muchísimas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

06.09.11

En relación con vuestra consulta, lo siguiente:

- Una vez conocida la falta de pago, debería haberse elaborado el TC1, o recibo de liquidación, incorporando ya el recargo correspondiente por fuera de plazo, que sería en vuestro caso del 3%, siempre que hubieseis presentado el TC2, pues en caso contario correspondería un recargo del 20%.

- Si ya habéis efectuado el pago sin incorporar el recargo, entiendo que lo más oportuno es que solicitéis a la Tesorería que os emita liquidación del recargo para su abono y zanjáis definitivamente la cuestión (entre otras cosas porque necesitéis solicitar certificado de estar al corriente de pago). Consultar si existe la posibilidad de solicitarlo vía Red.

- Por lo que respecta a la bonificación de cuotas, efectivamente se pierde en el caso de pagos extemporáneos, circunstancia que supongo habréis tenido en cuenta en la elaboración de recibo que habéis pagado; en caso contrario, la Tesorería lo reclamará.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

Marian Barnes Vazquez

06.09.11

Muchas gracias.
Hemos pagado solo el importe que nos correspondia en el mes de julio, pues no podiamos modificar el TC2 en el Red Directo. El banco nos orientó a pagar lo pendiente y esperar a que la Tesoreria nos reclame.
El TC2 fue presentado correctamente por Red Directo, en su plazo. Entonces el recargo seria del 3% segun comprendo, y supongo que esto se aplica por los 5 dias de retraso
¿En este caso, habiendo presentado el TC2 en el plazo correcto, tambien nos afecta a la bonificacion?

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#3

Opinión anónima

09.09.11

El pago lo debes de efectuar mediante el correspondiente recibo de liquidación que puedes obtener a través de las funcionalidades que te ofrece RED Directo. El recargo sera del 3% durante el primer mes, el 5% el segundo, el 10% el tercero y el 20 a partir del cuarto. En cuanto a las bonificaciones las perderas en todos los casos.
El banco tiene obligación porque así esta regulado de no admitirte documento TC1 salvo la excepciones establecidas.

Saludos.

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