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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Qué forma jurídica puede ser más adecuada para este proyecto de divulgación sobre la Constitución Española?

28.05.14

Hola,

Soy el titular del dominio constitucion.org.es que como se desprende de su nombre debe de servir y ser útil al constitucionalismo español, a su conocimiento (y divulgación) y su desarrollo (y progreso). Con una importantísima componente colaborativa (debate, aportación, opinión). Colaboración para divulgación y progreso.

Entonces mi pregunta es: ¿Cuál es la forma jurídica que mejor se adapta? ¿asociación, fundación, otra?

Gracias por su trabajo y por sus respuestas.
Saludos.

Juan

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

13.06.14

Si en el proyecto de divulgación no existe ánimo de lucro particular la fórmula jurídica más adecuada sería la de una entidad sin fin de lucro, bien asociaición, bien fundación. Dicho en términos generales, mientras que en la asociación priman las personas que asociadas procuran el desarrollo de actividades de interés social o general, en el caso de la fundación se afecta un patrimonio al desarrollo de esos fines sociales. Cualquiera de las dos fórmulas sería válida.

En caso de entrañar el proyecto ánimo de lucro, las fórmulas son muy variadas: autónomo persona física, socidad limitada, sociedad anónima…

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Elena Carrasco García

Trabaja en:

Asesor particular

13.06.14

Estoy de acuerdo con la respuesta de Juan, solamente añadir que si tu deseo es servir y ser útil al constitucionalismo español, a su conocimiento (y divulgación) y su desarrollo (y progreso). Con una importantísima componente colaborativa (debate, aportación, opinión). tal vez puedas buscar alguna entidad que tenga fines similares y que esté funcionando y establecer con ellos un acuerdo de colaboración para el uso del dominio, los resultados serían más visibles y mayores.
No obstante puedes crear una entidad, si bien para constituir una asociación se necesitan más de una persona y en el caso de una Fundación solamente es necesario el Fundador, ésta ha de tener una dotación fundacional económica de al menos 30.000 euros de valor. Además de otros requisitos que la normativa de cada una de las dos figuras recoge.
Si se opta por otra entidad con ánimo de lucro, hay diversas figuras jurídicas, con requisitos concretos cada una de ellas. Si la idea está madura y lo que se desea es obtener lucro, una vez decidido esto, la forma es fácil de realizarla, pero antes se ha de tener claro lo que se desea para evitar gastos de notario, registro mercantil, gestiones de altas en Hacienda y Seguridad Social, etc.

Un saludo,

solucionesong.org
Un proyecto de