Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Joana Totxo Canaves

¿Que modelo debemos presentar para solicitar la exención del IVA?

18.01.11

Aunque todos nuestros ingresos, por Ley, esten exentos, debemos solicitar dicha exencion a hacienda? ¿que modelo debemos presentar?

Gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

18.01.11

Buenos días,

Para solicitar la exención de IVA en las Entidades no Lucrativas no hay un modelo concreto a presentar , si no que hay que presentar varios documentos.

Hay dos tipos de exenciones que se pueden solicitar:

1.- Exención en las prestaciones de servicios y entregas de bienes a los miembros asociacion, por ejemplo para la cuotas de socios estaríamos en este caso.

Para solicitar este tipo de exencion tienes que presentar en la Delegación de Hacienda:
- Acta fundacional
-Estatutos
- Certificado de inscripcion en el registro
-Solicitud escrita de la petición de exencion( no hay modelo).

2.- Exención en la que se solicita la condición de caracter social a la Asociacion, con esta exencion podríais facturar todas los servicios propios de la asocicion sin iva.

En este caso además de los documentos anteriores hay que presentar:
- Certificado del representante legal donde se acredite que la asociacion cumple los requisitos del art. 20. 3 del la ley de iva, que son: • Carecer de finalidad lucrativa y dedicar, en su caso, los beneficios eventualmente obtenidos al desarrollo de actividades exentas de idéntica naturaleza.
• Los cargos de presidente, patrono o representante legal deben de ser gratuitos y carecer de interés en los resultados económicos de la explotación, por sí mismos o a través de persona interpuesta

Te aconsejo pedir la exención segunda y hacienda te contestará si te concede la condicion de entidad social o te concede la exencion para las cuotas de socios.

Espero haberte ayudado a clarificar tu duda.

Silvia Alvarez
DH Asociaciones

avatar
#2

Aportada por:

Miguel Pérez-Lozao Gallego

Consultor especializado en gestión de entidades sociales, con amplia formación y experiencia en intervención social y en dirección de entidades sin ánimo de lucro. www.perezlozao.es

Trabaja en:

Asesor particular

19.01.11

Creo que sería interesante pensar lo que implica la exención de IVA antes de solicitarla (hablamos de la segunda según te dice Silvia), y pensar cómo va a afectar en el conjunto de acciones de la ONG. Algunas entidades se están cuestionando si la exención es o no un trato beneficioso para la entidad.

La cuestión fundamental es que no se harán declaraciones de IVA, y por ello la entidad no podrá deducirse el IVA que paga por los bienes y servicios cuando compra. Lo habitual es que esta cantidad no sea relevante, y que se reciban ingresos fundamentalmente de donaciones y subvenciones.Pero no está de más darle una pensada antes de solicitar la exención.

Y es que algunas entidades, viendo que les supone un perjuicio en comparación con las entidades lucrativas, cuando han tratado de renunciar a la exención, han tenido dificultades (o no han podido) para hacerlo.

Un saludo,

avatar
#3

Aportada por:

Miguel Pérez-Lozao Gallego

Consultor especializado en gestión de entidades sociales, con amplia formación y experiencia en intervención social y en dirección de entidades sin ánimo de lucro. www.perezlozao.es

Trabaja en:

Asesor particular

19.01.11

La anterior respuesta que aparece como anónima corresponde a Miguel Pérez-Lozao
Consultor social
www.perezlozao.es

avatar
#4

Aportada por:

Juan Bermudez Claveria

Auditor Censor Jurado de Cuentas. Economista y auditor experto en ONG y Fundaciones AOB auditores (www.aobauditores.com) - Teléfono:902112936

Trabaja en:

Asesor particular

19.01.11

NUESTRA OPINIÓN ES PRESENTARSE ANTE LA DELEGACIÓN DE HACIENDA QUE CORRESPONDA AL DOMICILIO SOCIAL Y ENTREGAR EL ESCRITO ADAPTADO A SUS CIRCUNSTANCIAS ( VER MODELO) ANTE EL FUNCIONARIO DEL DEPARTAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALORADIDO. AL EFECTO LLEVAREMOS COPIA PARA QUE NOS PUEDA ACUSAR RECIBO Y LOS DOCUMENTOS ORIGINALES Y COPIA PARA SU COTEJO.
ES MUY POSIBLE QUE EN EL DEPARTAMENTO DEL IVA SE HAGAN CARGO DEL TEMA PEROCILMENTE NOS INFORMARA QUE PRESENTEMOS EL ESCRITO EN EL REGISTRO DE LA DELEGACIÓN.

El mismo día de la presentación también deben presentar la modicificación en el departamento de censos de la agencia tributaria donde quede expuesto que su entidad a partir de dicha presentación se considera exenta del impuesto sobre el valor añadido. Si en tres meses no han tenido contestación negativa se considera estimada la solicitud con efectos al día de su presentación.

Entidades o establecimientos de carácter social (LIVA art.20.3; RIVA art.6)
5786

MIVA nº 887 Se consideran tales aquellos en los que concurran los siguientes requisitos: 1° Carecer de finalidad lucrativa y dedicar los beneficios eventualmente obtenidos al desarrollo de actividades exentas de idéntica naturaleza. El carácter «no lucrativo» de los establecimientos privados se determina en función de todas sus actividades, no sólo de las exentas (TJUE 21-3-02). 2° Los cargos de presidente, patrono o representante legal deben ser gratuitos y carecer de interés en los resultados económicos de la explotación, por sí mismos o a través de persona interpuesta. 3° Los socios, comuneros o partícipes de las entidades o establecimientos y sus cónyuges o parientes consanguíneos, hasta el segundo grado inclusive, no pueden ser destinatarios principales de las operaciones exentas, ni gozar de condiciones especiales en la prestación de los servicios. (Este requisito no se exige en las prestaciones de servicios relativas a asistencia social y servicios deportivos, ver nº 5783 y nº 5791 (LIVA art.20.1.8.º y 13.º). Las entidades o establecimientos de carácter social deben solicitar el reconocimiento de su condición a la Delegación o Administración de la AEAT en cuya circunscripción territorial esté situado su domicilio fiscal, quien debe resolver en el plazo de tres meses; en su defecto, se entiende estimada la solicitud (RIVA art.6; RGGI art.101; LGT art.104). El reconocimiento surte efectos respecto de las operaciones cuyo devengo se produzca a partir de la fecha de su solicitud. Su eficacia queda condicionada a la subsistencia de los requisitos que hayan fundamentado el reconocimiento del carácter social.

MODELO

Don/Doña nombre y apellidos, mayor de edad, con N.I.F. número, y domicilio, a efectos de notificaciones, en calle, número, localidad, código postal actuando en representación de razón social, con domicilio en calle, número, localidad, código postal del representado y N.I.F. número de NIF del representado, según documento adjunto, de cuyo original se aporta copia para su cotejo por el funcionario, comparece y, como mejor proceda, EXPONE

Primero.
Que mi representada es una entidad o un organismo, según proceda legalmente reconocido, sin finalidad lucrativa, cuyo objetivo es :…………………………….

Segundo.
Que mi representada presta servicios y efectúa entregas a ……………………………..para la consecución de sus finalidades específicas.

Tercero.
Que por la prestación de los servicios y entregas de bienes descritas en el párrafo
anterior no percibe contraprestación alguna distinta de las cotizaciones fijadas en sus estatutos.

Cuarto.
Que a los efectos de poder probar que se reúnen los requisitos establecidos para la aplicación de la exención regulada en el artículo 20.Uno.12º de la LIVA a los mencionados servicios se aporta la siguiente documentación:
- Escritura de constitución de la entidad en la que, debidamente especificada, figuran, entre otros, que el objeto social de la entidad que carece en cualquier caso de finalidad lucrativa, los cargos de presidente,patrono o representante legal son gratuitos y no son destinatarios de las operaciones exentas incluso sus familiares hasta segundo grado. Este punto también incluye a los socios, comuneros o participes de la entidad sin ánimo de lucro.

- Certificado de inscripción en el Registro Público correspondiente.

En virtud de todo lo cual,
SOLICITA
Que teniendo por presentado este escrito, en tiempo y forma, así como el conjunto de documentos que se acompañan, se reconozca el derecho de mi representada a la aplicación de la exención regulada en el Impuesto sobre el Valor Añadido a los servicios referidos en el cuerpo del presente escrito.
En localidad, a día, mes y año.

Fdo. nombre y apellidos del firmante. A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ADMINISTRACIÓN DE la del domicilio fiscal de la entidad Anexos
solucionesong.org
Un proyecto de