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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Qué obligaciones conllevaría la venta de una asociación deportiva?

16.02.16

Hola,

Quieren vender la mitad de una asociación deportiva, la verdad es que a cerca del tema de asociaciones se poco, ¿podríais orientarme un poco sobre cómo funcionan? ¿Qué obligaciones fiscales tienen? ¿Qué obligaciones conllevaría la venta?

Muchas gracias

Saludos.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alberto González Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.16

Hola,

Te adjunto una guía donde se detallan las obligaciones fiscales de las asociaciones.

Espero haberte sido de ayuda. Si tienes alguna duda, no dudes en consultar este mismo foro.

Saludos

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Aportada por:

José Antonio García González

Economista especializado en Gestión de Asociaciones

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.16

Hola,

Yo creo que una asociación no se puede comprar ni vender porque no se trata de una sociedad mercantil con un capital social y unos dueños, sino de una asociación con un fin no lucrativo, compuesta por unos socios que reunidos en Asamblea eligen a una junta directiva, con el procedimiento que debe estar en sus estatutos.

Al no existir capital social en manos de personas concretas, yo creo que la venta no ha lugar. La asociación tendrá un fondo social que si se disolviera la asociación, habría que destinarlo al fin social que esté reflejado en sus estatutos.

Alguien podrá hacer una aportación económica a la asociación, para fomentar actividades alineadas con los fines que tenga la asociación, pero yo tengo mis dudas de que pueda comprarse la asociación como tal.

Tampoco tengo muy claro el criterio para definir lo que es la mitad de la asociación. ¿La mitad del fondo social? ¿La mitad de las actividades?

Un cordial saludo.

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#3

Aportada por:

Maria José Ferrer Crespo

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.16

Muchas gracias, un saludo.

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#4

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.16

Buenas tardes.

Totalmente de acuerdo con el compañero Jose Antonio.

Los bienes de las asociaciones son del estado español. La asociación los posee con carácter fiduciario y condicionados siempre al cumplimiento del fin social.

Si no cumple ese fin social, la asociación puede ser disuelta y sus bienes ir a parar al estado ó a otra asociación ó fundación que deberá usarlos para un fin social.

Por tanto no se puede vender una asociación, porque ninguno de sus asociados ni todos juntos son dueños de ella. Solo tienen facultad de administrarla, cumpliendo fielmente sus estatutos y procurando el cumplimiento de su fin social, generalmente de apoyo altruista a la sociedad.

Otra cosa es que una asociación tenga un determinado bien (Local, piso, etc.), y quiera venderlo. Puede venderlo, pero su dinero engrosara su haber social, y deberá dar cuentas de cuál ha sido su destino, pero claro vender un bien, no es vender la asociación que es lo que aquí se preguntaba.

Por ultimo si se vende una asociación (todo ó parte), la autoridad que vea el contrato, o el notario que la intervenga deberá comunicar de manera inmediata el hecho al registro de asociaciones, y este seguro trasladara los hechos a la fiscalía, pues los intervinientes en el negocio posiblemente hayan cometido un delito al realizar tan descabellado negocio.

Saludos

solucionesong.org
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