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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maria Cecilia Salvador

¿Qué obligaciones tenemos en una reunión informal de la junta directiva?

21.04.12

Os queria hacer una pregunta, la próxima semana nos reuniremos los miembros de la Junta, como se suele decir una reunión informal, para vernos y contarnos las cosas que se están haciendo, ya que en este momento tenemos varios problemas para hacer una reunión formal con los puntos del día, etc., y esto nos ha parecido lo mas socorrido, pues todavía no sabemos quien va asistir por dichos problemas, pero tenemos un miembro que todo lo recurre y protesta y quisiera me orientaran, para tener claro y poder dar las explicaciones correctas.

Mi pregunta ¿se puede hacer dicha reunión? ¿Hay que hacer acta de dicha reunión? Si tomamos alguna decisión, ¿que ocurre si nadie toma nota? ¿Tiene que quedar por escrito?

Muchas gracias de antemano.
Reciban un cordial saludo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

24.04.12

María,

para que la junta directiva puede ejercer las funciones que preven la ley y los estatutos tienen que estar convocados formalmente, con orden del día y levantar un acta por el secretario. Si están todos (digo todos, no todos menos uno) de acuerdo en tomar unos acuerdo y levantar acta en cualquier momento.

Las decisiones que corresponden a la junta no se pueden tomar en reuniones informales si no están todos de acuerdo.

Si el miembro conflictivo es de la junta directiva hay que convocarlo, darle la palabra y dejarle votar, hasta que se le pueda cesar.

Saludos,

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#2

Opinión anónima

24.04.12

Como dice el anterior asesor, las reuniones debe ser convocadas formalmente. Sino, cualquier decisión que se adopte puede ser recurrida por ilegal.
Si no estais seguro de si asistirá todo el mundo (o las personas que quereis que asistan); podeis hacer esa reunión (que no sería de directiva) para ver como respiran en los miembros de Directiva en determinados asuntos. No se tomarían acuerdos ni se registraría acta.
A la vista del resultado de la reunión, más adelante se podría convocar la reunión formalmente.

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#3

Aportada por:

Mario Pérez Moreno

Estudiante

Trabaja en:

Asesor particular

26.04.12

¿Una reunión informal? Cuando queráis… y si queréos que valla yo, sólo tenéis que invitarme a un café y hablamos de lo que queráis jejeje ;)

En principio, como bien dicen mis compañeros en sus aportaciones, cualquier reunión DE LA JUNTA habrá de ser convocada conforme a las normas y a lo dispuesto en los estatutos y en las leyes que en el momento estén vigentes. Ahora bien, una reunión DE LOS MIEMBROS de la junta se podrá celebrar cuando sea y con cualquier motivo, se me ocurre tomar un café, ver un partido o charlar de cualquier cosa, ya sea o no de la Asociación en cuestión, sobre otra Asociación cualquiera o de la llegada a la luna de Amstron… (perdonar si no he escrito bien el apellido del primer astronauta que pisó “supuestamente” la luna) Como siempre digo: <> (...) Vaya a ser que tenga razón, ¿Verdad?

Dicho esto, que tengáis suerte y que (haciendo las cosas bien) os vaya bien.

Muy atte: Mario Pérez

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#4

Opinión anónima

28.04.12

No quiero añadir nada, solo decirte que estoy de acuerdo con mis compañeros, se puede tomar un café con los amigos y si estos pertenecen a la misma junta no es problema. Pero si es preciso para que unas decisiones sean legales.Hacer una reunión “como manda ley”. Suerte.

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