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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Qué pasos debemos dar para poner una sede de esta ONG lituana en Navarra?

21.10.14

Hola,

Quería hacer una consulta. Estoy colaborando con una ONG que tiene su sede principal en Kaunas (Lituania). En unos meses, quiere poner una sede en Pamplona (Navarra). Mis preguntas serian las siguientes:

1. ¿Qué pasos hay que dar para poner una sede en Pamplona?
2. Al poner sede en Pamplona, ¿se podria dar de alta en la lista de asociaciones en Navarra?
3. ¿Puede esta ONG hacer contratos de trabajo en Navarra? en este caso, el contrato de trabajo se regiría según la ley Navarra,¿verdad?
4. ¿Qué tipos de contrato puede hacer una ONG en Navarra? ¿podrían enviarme algún modelo a modo de ejemplo?
5. ¿Qué derechos y deberes tendría esta ONG al tener sede en Navarra? Por ejemplo, habría que pagar algún tipo de impuesto, etc.?

Espero su respuesta lo antes posible,
Muchas gracias,
Marija de Potestad

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Marta Manzano Crespo

Responsable Área Laboral

Trabaja en:

Asesor particular

22.10.14

Marija, te contesto a las preguntas del área laboral.
3.- Una vez que la ONG estuviera constituida, registrada y tuviera NIF, se podrían formalizar contratos de trabajo con alta en Seguridad Social de los trabajadores en la Tesorería General de la S.s. y presentar los contratos de trabajo en el Servicio Regional de Empleo. Debéis enteraros ante cada organismo de los trámites que podéis hacer online/telemáticamente o bien de forma presencial.
- La legislación aplicable es la española, de ámbito estatal como el Estatuto de los Trabajadores, la Constitución, Empleo, PRL, etc., junto con el convenio colectivo de aplicación según la actividad de la asociación; éste podría ser nacional, de Comunidad Autónoma, provincial o incluso propio de la Asociación (que no es recomendable para empezar)
- ATENCIÓN: si vais a desplazar a trabajadores desde Lituania para trabajar en España podría aparecer la componente de “movilidad geográfica internacional” y la cosa se complica considerablemente.
4.- Puedes consultar los contratos de trabajo en:
- la Guía Laboral del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS) http://www.empleo.gob.es/es/Guia/Index.htm
- contratos de trabajo en la página del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/caracteristicas_contrato/caracteristicas_contrato.html
5.- Impuestos relacionados con la contratación de trabajadores.
- IRPF (Impuesto de la Renta sobre el valor añadido) A los trabajadores se les retiene un porcentaje de su retribución en función de su salario y de sus características personales. La asociación está obligada a ingresar en la Agencia Tributaria Española (AEAT) la suma de la retenciones practicadas a todos los trabajadores. La periodicidad es mensual o trimestral, y al final de año debe presentarse otro modelo con el resumen anual de IRPF. Si tuvierais trabajadores No Residentes, tendríais que presentar otro modelo muy parecido al IRPF, pero específico para este colectivo.
- Cotizaciones de la Seguridad Social. No es un impuesto, sino la contribución de empresas y trabajadores al sistema público (para pago de prestaciones de la Seguridad Social como jubilación, incapacidades, también para desempleo, formación profesional, entre otros.
Las cuotas de los trabajadores se retienen en cada nómina del mes y junto con la aportación de la empresa, se pagan a mes vencido.
Tienes más información en http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/TrabAutInfoGen2k9/DebeCoti2k9Cuant/index.htm
Espero que te ayude.
Saludos cordiales.

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#2

Opinión anónima

24.10.14

Muchisimas gracias por la informacino

solucionesong.org
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