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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Antonio Blanco Prieto

¿Qué procedimiento debemos seguir para realizar el pago de becas a hijos de colaboradores de una Fundación?.

02.11.04

Somos una Fundación vinculada a un grupo empresarial (los directivos del grupo son los miembros del Patronato), por lo que los trabajadores son considerados colaboradores de la Fundación. Queremos realizar los pagos de becas y ayudas al estudio a los hijos de aquellos trabajadores que lo solicitaron a la Fundación, pero tenemos dudas sobre cuál debe ser la forma de pago (talón nominativo, transferencia a c/c, a través de la nómina de la empresa,...)?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

08.11.04

POR LO QUE RESPECTA A LA FORMA DE HACER EFECTIVA LA CUANTÍA D ELA BECA EN FAVOR DE LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES, SERÁ CORRECTA TANTO EL TALÓN COMO LA TRANSFERENCIA; POR EL CONTRARIO, CONSIDERO QUE NO ES CORRECTO INTRODUCIR ESTE IMPORTE EN LA NÓMINA DEL TRABAJADOR, PUES, EN TODO CASO, ES UN INGRESO DEL HIJO QUE PERCIBE LA BECA Y NO DEL TRABAJADOR.

POR OTRO LADO, DESDE 1.1.2004 ESTÁN EXENTAS DEL IRPF LAS BECAS CONCEDIDAS POR LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS A LAS QUE SEA DE APLICACIÓN LA LEY 49/2002 (FUNDACIONES, ASOCIACIONES DECLARADAS DE UTILIDADBLICA Y ONGS), SIEMPRE QUE SE CONCEDAN PARA CURSAR ESTUDIOS REGLADOS, TANTO EN ESPAÑA COMO EN EL EXTRANJERO, EN TODOS LOS NIVELES Y GRADOS DEL SISTEMA EDUCATIVO. HASTA EL 31.12.2003, LA EXENCIÓN SE CONCEDÍA EXCLUSIVAMENTE A LAS BECASBLICAS.

EN CUANTO A QUÉ SE CONSIDERA BECA, LA NORMATIVA DE EDUCACIÓN ENTIENDE COMO TAL TODA CANTIDAD O BENEFICIO CONCEDIDO, POR LO QUE CABRÍA ENTENDER DENTRO DE ESTE CONCEPTO LAS CANTIDADES PARA TRANSPORTE, LIBROS, ETC.

JUAN GONZÁLEZ MARTÍN-PALOMINO.
gonzalezpalomino@icacr.com

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