Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Lola Serra Benitez

¿Qué procedimientos son necesarios para cumplir la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo?

25.04.13

Hola,

¿Qué protocolos y/o procedimientos son necesarios para cumplir la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo?

Muchas gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

26.04.13

Creo que es un pregunta que difícil de contestar en términos generales; la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales es una norma que para muchos de los afectados es como “matar moscas a cañonazos”, como otras tantas normas (se me viene a la cabeza la reciente obligación de declarar bienes en el extranjero) que están pensadas para grandes defraudadores, para delincuentes, pero que, al final, a quien complican la existencia es al común de los mortales, a las personas (físicas y jurídicas) sencillas.

Es evidente que la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales es una norma que afecta a las ESFL en cuanto a, por ejemplo, la obligación de tener identificadas las donaciones y su procedencia; ahora bien, respecto de la obligación de elaborar los protocolos previstos en la citada Ley y las posibles comunicaciones al SEPBLAC, habrá que estar al caso concreto, pues entiendo que tampoco se puede entender que todas las ESFL queden automáticamente obligadas a cumplimentar lo protocolos previstos en la citada Ley, sino sólo en los casos de determinadas operaciones o cuando existan indicios de la procedencia ilícita de determinados fondos.

Espero que os aporten algo estos comentarios.

Juan González Martín-Palomino.

avatar
#2

Opinión anónima

29.04.13

Buenos días,

De forma muy resumida las obligaciones a las que están sometidos todos los sujetos obligados por el artículo 2 de la Ley de PBC, en tre los que se encuentran todo tipo de Asociaciones y Fundaciones, son:

1. Nombrar un representante ante el SEPBLAC.
2. Dotarse de un Manual de Políticas y procedimientos adecuado a cada caso.
3. Tener un Plan de Formación para empleados.
4. Identificación de todas las personas que realizan donaciones.

Para los dos primeros puntos no es necesaria la ayuda de terceros aunque para facilitar el trabajo se puede optar por contratar alguna empresa que ayude en su elaboración.

La formación si es un punto importante al que el supervisor presta mucha atención. Existen muchas posibilidades en el mercado desde cursillos online a presenciales.

Para el último punto yo utilizo la herramienta www.realid.es que permite un uso puntual sin estar sometido a cuotas ni compromisos de otro tipo.

Saludos
Pedro

solucionesong.org
Un proyecto de