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Consultas Online

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Consulta formulada por:

JOSE ANTONIO ESCALONA MOREJON

¿Qué tenemos que hacer para pedir el CIF definitivo?

25.04.17

Hola,

Quisiera saber qué tengo que hacer, somos una asociación no lucrativa.

Tenemos los estatutos sellados por la junta de Andalucía y el CIF provisional, ¿para pedir el CIF definitivo qué tengo que hacer?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Blanca Pérez Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

26.04.17

Hola José Antonio,

En esta consulta ya resuelta puedes encontrar información que puede interesarte:

¿Qué tenemos que hacer para tener el CIF definitivo, una vez que ya contamos con el provisional?

Saludos,

Blanca

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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

30.04.17

Estimado José Antonio: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: una vez que tenéis los estatutos ya visados por el Registro de Asociaciones de Andalucía, debéis solicitar a la delegación de la AEAT donde radique el domicilio social de vuestra entidad el modelo 036, el cual debéis rellenar, aportando la siguiente documentación:
-Original y fotocopia del acta fundacional, en documento público o privado, que incluirá el acuerdo de constitución y los Estatutos.
- Certificado de la inscripción en el correspondiente Registro (Para la asignación del NIF definitivo, se deberán aportar el acuerdo de constitución y los Estatutos que finalmente hayan sido inscritos en el Registro de Asociaciones de Andalucía, pues se han podido realizar algunas modificaciones sobre el acta fundacional inicialmente presentada en la solicitud del NIF provisional, debidas a requerimientos del propio Registro para solventar defectos en la constitución)
- Fotocopia del N.I.F. de la persona que firme la declaración censal, que ha de ser un representante de la asociación. (Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración tributaria, no será precisa la aportación de fotocopia del NIF, siempre que autorice a los órganos de la AEAT a efectuar la verificación de sus datos de identidad)
- Original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma la declaración censal (no será necesario si figura como tal en la escritura de constitución o en los estatutos).
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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